Actualmente, la tarifa de matriculación inicial para automóviles, remolques o semirremolques remolcados por automóviles y vehículos similares a automóviles de acuerdo con la Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP es la siguiente:
Automóviles, remolques o semirremolques tirados por automóviles, vehículos similares a automóviles: El tipo de recogida es del 2%.
* Privado:
- Turismos de 9 plazas o menos (incluidos los vehículos tipo pick-up): abonar la primera tasa de matriculación a un tipo del 10%.
En caso de que sea necesario aplicar una tasa de recaudación más alta para adaptarse a las condiciones reales de cada localidad, el Consejo Popular de la provincia o ciudad administrada centralmente decidirá aumentarla, pero no más del 50% de la tasa de recaudación general prescrita en el Punto a, Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP.
- Las camionetas pick-up con una capacidad de carga permitida de menos de 950 kg y 5 asientos o menos, y las camionetas VAN con una capacidad de carga permitida de menos de 950 kg pagan la tarifa de primera matriculación a una tasa igual al 60% de la tarifa de primera matriculación para automóviles de pasajeros con 9 asientos o menos.
- Coches eléctricos alimentados por batería:
+ En el plazo de 3 años a partir del 1 de marzo de 2022: abonar la primera tasa de inscripción al tipo del 0%.
+ Dentro de los próximos 2 años: pagar la primera tasa de matriculación a una tasa equivalente al 50% de la tasa correspondiente a los vehículos gasolina y diésel con el mismo número de plazas.
- Tipos de vehículos especificados en los puntos a, b, c, cláusula 5, artículo 8, Decreto 10/2022/ND-CP: pagar la tasa de matriculación a partir de la segunda vez a una tasa del 2% y aplicarla de manera uniforme en todo el país.
Con base en el tipo de vehículo indicado en el Certificado de Seguridad Técnica y Protección Ambiental emitido por el Registro vietnamita, la autoridad fiscal determinará la tarifa de registro para automóviles, remolques o semirremolques tirados por automóviles y vehículos similares a automóviles según lo prescrito en la Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP.
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