Actualmente, la tarifa de matriculación inicial para automóviles, remolques o semirremolques remolcados por automóviles y vehículos similares a automóviles de acuerdo con la Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP es la siguiente:
Automóviles, remolques o semirremolques tirados por automóviles, vehículos asimilables a automóviles: El tipo de recogida será del 2%.
* Privado:
- Automóviles de turismo de 9 plazas o menos (incluidos los vehículos pick-up): abonar la primera tasa de matriculación a razón del 10%.
En caso de que sea necesario aplicar una tasa de recaudación más alta para adaptarse a las condiciones reales de cada localidad, el Consejo Popular de la provincia o ciudad administrada centralmente decidirá aumentarla, pero no más del 50% de la tasa de recaudación general prescrita en el Punto a, Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP.
- Las camionetas pick-up con una capacidad de carga autorizada de menos de 950 kg y 5 plazas o menos, y las camionetas VAN con una capacidad de carga autorizada de menos de 950 kg pagan la primera tarifa de matriculación a una tasa igual al 60% de la primera tarifa de matriculación para turismos con 9 plazas o menos.
- Coches eléctricos alimentados por batería:
+ En un plazo de 3 años a partir del 1 de marzo de 2022: pagar la primera tasa de inscripción a una tasa del 0%.
+ Dentro de los próximos 2 años: pagar la primera tasa de matriculación a una tasa equivalente al 50% de la tasa correspondiente a los vehículos de gasolina y diésel con el mismo número de plazas.
- Tipos de vehículos especificados en los puntos a, b y c de la cláusula 5 del artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP: pagar la tasa de matriculación por segunda vez en adelante a una tasa del 2% y aplicar de manera uniforme en todo el país.
Con base en el tipo de vehículo indicado en el Certificado de Seguridad Técnica y Protección Ambiental emitido por el Registro vietnamita, la autoridad fiscal determinará la tarifa de registro para automóviles, remolques o semirremolques tirados por automóviles y vehículos similares a automóviles según lo prescrito en la Cláusula 5, Artículo 8 del Decreto 10/2022/ND-CP.
Fuente
Kommentar (0)