La VCCI acaba de comentar el proyecto de Decisión que promulga el Reglamento sobre el proceso de seguimiento y gestión de la implementación de los procedimientos de importación, exportación e inmigración a través de la Puerta Fronteriza Internacional Nº II (Kim Thanh) en la plataforma de la puerta fronteriza digital.
En consecuencia, el borrador estipula que «La información en la plataforma digital de control fronterizo debe ser precisa, clara, actualizada continuamente y oportuna. Debe presentarse de forma científica, ser fácilmente accesible para los usuarios y se puede acceder y utilizar en cualquier momento».

El proyecto también menciona que “En caso de que se descubra que una organización o individuo utiliza información o datos con un propósito incorrecto o en violación de las regulaciones, afectando los derechos e intereses legítimos del propietario de la información o datos; la unidad de gestión de información o datos tiene el derecho de revocar el derecho de explotación o dejar de compartir o conectar”.
Las fuerzas operativas del puesto fronterizo están autorizadas a explotar y utilizar los datos de la plataforma digital del puesto fronterizo según sus funciones y tareas . Son responsables de la confidencialidad, seguridad y protección de la información explotada.
VCCI recomienda que el organismo redactor considere regulaciones más claras para garantizar la confidencialidad de la información comercial. No todos los sujetos tienen acceso a toda la información en el portal digital, lo que también ayuda a reducir el riesgo de afectar los derechos e intereses legítimos de los titulares de la información.
En particular, con respecto al registro para el acceso y actualización de información en la plataforma de la puerta fronteriza digital, el punto a, cláusula 1 del artículo 4 estipula que el registro de la cuenta se realiza en la plataforma de la puerta fronteriza digital Lao Cai en la dirección: https://cks.laocai.gov.vn. Pero actualmente, este sitio no tiene una función de registro de cuenta.
VCCI recomienda que el organismo redactor considere completarlo pronto para ponerlo en funcionamiento a tiempo con el tiempo de aplicación de este reglamento.
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