El Decreto No. 135 establece que la energía solar instalada en techo, autoproducida y autoconsumida, que se envíe al sistema eléctrico nacional, tendrá un precio de compra y venta igual al precio promedio del mercado de energía eléctrica.
El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 135/2024/ND-CP de fecha 22 de octubre de 2024 que estipula mecanismos y políticas para incentivar el desarrollo de energía solar en azoteas autoproducida y autoconsumida. El Decreto entra en vigor a partir de hoy, 22 de octubre de 2024.
El primer punto destacable es que el Decreto tiene un ámbito de aplicación ampliado a todos los sujetos como viviendas, oficinas, parques industriales, clusters industriales, zonas de procesamiento de exportaciones, zonas de alta tecnología, zonas económicas, instalaciones de producción y establecimientos comerciales donde se invierte y construido en todo el país.
El comercio directo de electricidad entre organizaciones y particulares se realiza de conformidad con el Decreto sobre el mecanismo de comercio directo de electricidad entre generadores de energía renovable y grandes usuarios de electricidad.
El Decreto 135 estipula que la energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas conectadas al sistema eléctrico nacional de hogares y casas individuales con una capacidad de menos de 100kW, si no se utiliza en su totalidad, puede venderse al sistema eléctrico nacional pero no más del 20% de la capacidad instalada real.
En el caso anterior, Vietnam Electricity Group pagará a las organizaciones e individuos el exceso de producción de electricidad al sistema eléctrico nacional, pero sin exceder el 20% de la capacidad instalada real.
"El precio de compra y venta de los excedentes de electricidad al sistema eléctrico nacional es igual al precio medio de la electricidad del mercado del año anterior anunciado por el sistema eléctrico y el operador del mercado eléctrico para garantizar incentivos adecuados en cada momento. período de desarrollo del sistema eléctrico nacional "El Decreto establece claramente el mecanismo de precios para la compra del exceso de energía solar instalada en los tejados.
La energía solar autoproducida y autoconsumida instalada en el tejado de un sitio de construcción que sea una oficina o un sitio de construcción identificado como activo público no compra ni vende electricidad excedente.
Los hogares y las casas individuales que desarrollen energía solar en sus tejados para autoproducción y autoconsumo están exentos o no tienen que adaptar sus licencias comerciales.
Además, el Decreto 135 también alienta a las organizaciones e individuos a decidir instalar un sistema de almacenamiento de baterías (BESS) para garantizar el funcionamiento seguro y estable del sistema eléctrico.
Fuente: https://vietnamnet.vn/chinh-thuc-co-co-che-gia-cho-dien-mat-troi-mai-nha-du-phat-len-luoi-2334508.html
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