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El Politburó estipula la autoridad del jefe para suspender temporalmente el trabajo de los funcionarios subordinados.

Việt NamViệt Nam06/06/2024

En nombre del Politburó, el miembro del Politburó y miembro permanente del Secretariado Luong Cuong firmó y emitió el Reglamento No. 148-QD/TW del Politburó sobre la autoridad de los líderes para suspender temporalmente del trabajo a los funcionarios subordinados cuando sea necesario o cuando haya indicios de violaciones graves de los reglamentos del Partido y las leyes del Estado.

El Politburó estipula la autoridad del jefe para suspender temporalmente el trabajo de los funcionarios subordinados.
En nombre del Politburó, el miembro del Politburó y Secretario Permanente del Secretariado, Luong Cuong, firmó y emitió el Reglamento Nº 148-QD/TW del Politburó.

El Reglamento Nº 148-QD/TW se aplica a los jefes de los comités del Partido, de las organizaciones, de los organismos y de las unidades del Partido (en adelante denominados jefes de organismos); Cuadros, funcionarios y empleados públicos del sistema político y de las unidades de servicio público (denominados colectivamente cuadros).

La suspensión temporal de funcionarios bajo la dirección del Politburó y del Secretariado será considerada y decidida por el Politburó y el Secretariado.

La suspensión temporal de los cargos de miembros de los comités del Partido, diputados a la Asamblea Nacional, diputados al Consejo Popular, cargos judiciales, miembros del Comité del Frente de la Patria de Vietnam y miembros de los comités ejecutivos de las organizaciones sociopolíticas se realizará de conformidad con los reglamentos del Partido, las leyes estatales y los estatutos de la organización.

El Reglamento Nº 148-QD/TW estipula claramente la base para la suspensión temporal del trabajo en casos necesarios:

1) Funcionarios que violan las cualidades éticas y los estilos de vida, causando impactos negativos, indignación pública y afectando negativamente la reputación de organizaciones e individuos.

2) Los funcionarios demoran deliberadamente, eluden su responsabilidad y no realizan el trabajo dentro de su autoridad de acuerdo con las funciones y tareas asignadas.

3) Funcionarios que acosen, afecten negativamente o causen problemas a personas, empresas, agencias u organizaciones en el desempeño de sus funciones oficiales.

4) Los funcionarios que, estando bajo consideración y disciplinados, demoran o evitan intencionalmente cumplir con las solicitudes de las autoridades competentes durante el proceso de consideración y tramitación de sus propias violaciones o se aprovechan de su posición, autoridad o influencia o la de otros para influir o causar dificultades en la consideración y tramitación.

5) Los funcionarios que hayan sido disciplinados por el Partido en forma de advertencia o destitución y estén a la espera de la consideración y tramitación de sus cargos gubernamentales, y si continúan trabajando, afectará negativamente las actividades del Comité del Partido, organización, agencia o unidad del Partido.

Causales de suspensión temporal del trabajo en caso de indicios de infracciones graves:

1) Los funcionarios son procesados ​​para servir a la investigación.

2) En el proceso de revisión y manejo de las violaciones de los funcionarios, si hay una base para determinar que se debe tomar una acción disciplinaria de advertencia o superior o manejarla por la ley penal, el organismo de inspección, examen, auditoría, investigación, procesamiento, juicio y ejecución tiene una solicitud escrita para suspender temporalmente al funcionario del trabajo.

Respecto de la facultad del jefe para suspender temporalmente el trabajo, el Reglamento Nº 148-QD/TW establece claramente:

1) El jefe tiene derecho a decidir la suspensión temporal del trabajo del personal subordinado de acuerdo con la Lista adjunta al presente Reglamento cuando concurra alguna de las causales especificadas en los artículos 4 y 5 del Reglamento. En caso de no estar incluido en la Lista, el jefe de la autoridad competente para el nombramiento y gestión considerará y decidirá sobre la suspensión temporal del trabajo.

El Politburó y el Secretariado examinan y deciden sobre la suspensión temporal de funcionarios bajo la dirección del Politburó y del Secretariado; Los organismos y unidades realizan los procedimientos pertinentes de acuerdo a la normativa.

2) Solicitar a las autoridades y personas pertinentes que proporcionen información y documentos relacionados con la decisión de suspender temporalmente los trabajos o solicitar a las autoridades competentes que inspeccionen, verifiquen, aclaren y manejen las violaciones de acuerdo con la reglamentación.

3) Exigir a los funcionarios suspendidos que cumplan con los requerimientos de las autoridades competentes o de personas competentes para atender la verificación, esclarecimiento y trámite de las infracciones.

Responsabilidad del jefe en suspensión temporal del trabajo

El Reglamento Nº 148-QD/TW también estipula claramente la responsabilidad del jefe en caso de suspensión temporal del trabajo:

1) Decidir oportunamente la suspensión temporal del trabajo del personal subordinado cuando concurra alguna de las causales señaladas en los artículos 4 y 5 del presente Reglamento; Anular la decisión de suspender temporalmente el trabajo en caso de incumplimiento de la normativa o cuando se concluya que no existe violación, y al mismo tiempo informar a la autoridad competente para gestionar el personal.

2) Responsable de decidir la suspensión temporal de los trabajos y de cancelar la decisión de suspender temporalmente los trabajos. Anunciar la decisión de suspender temporalmente el trabajo, la decisión de cancelar la suspensión temporal del trabajo en la agencia o unidad donde trabaja el funcionario y enviar la decisión de suspender temporalmente el trabajo, la decisión de cancelar la suspensión temporal del trabajo a las agencias, unidades e individuos pertinentes.

3) Cuando expire el período de suspensión temporal de un funcionario, si existen muchas circunstancias complicadas que requieren más tiempo para verificar y aclarar las violaciones del funcionario, se debe presentar un informe a la autoridad competente a cargo del manejo del funcionario antes de extender el período de suspensión temporal del funcionario.

El período de suspensión temporal del trabajo, en caso de ser necesaria, no podrá exceder de quince días hábiles.

Respecto del período de suspensión temporal del trabajo, el Reglamento Nº 148-QD/TW establece claramente:

El período de suspensión temporal del trabajo, de ser necesario, no excederá de 15 días hábiles. En caso de prórroga, el período máximo de prórroga de la suspensión temporal del trabajo no excederá de 15 días hábiles.

+ El período de suspensión temporal del trabajo en caso de indicios de violación grave de los reglamentos del Partido y las leyes del Estado se implementará a solicitud del organismo de la fiscalía; inspeccionar; controlar; auditoría; ejecución

+ La decisión de suspender temporalmente los trabajos dejará de surtir efectos automáticamente cuando expire el plazo de suspensión temporal./.

Según chinhphu.vn


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