Los hogares y las casas individuales que desarrollen energía solar en sus azoteas de producción y autoconsumo con una capacidad inferior a 100 kW están exentos de licencias eléctricas.
La energía solar autoproducida en azoteas se puede vender a un máximo del 20% de su capacidad - Foto: NGOC HIEN
El Gobierno acaba de emitir el Decreto Nº 135 que estipula mecanismos y políticas para incentivar el desarrollo de la energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas en Vietnam.
El contenido más destacado del decreto son las políticas para incentivar el desarrollo de la energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas.
9 casos para fomentar el desarrollo de la energía solar
1. Las organizaciones y personas que instalen energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas estarán exentas de licencias de operación eléctrica y no tendrán límite de capacidad instalada en los siguientes casos:
a) No estar conectado a la red eléctrica nacional.
b) Instalar en el sistema eléctrico nacional un sistema de equipos antirreflujo.
c) Los hogares y las casas individuales desarrollan energía solar en sus azoteas de producción y autoconsumo con una capacidad inferior a 100 kW.
2. Las organizaciones y personas que instalen energía solar en azotea de producción propia y autoconsumo con una capacidad instalada de 1.000 kW o más y vendan el excedente de electricidad al sistema eléctrico nacional, deben realizar procedimientos de planificación energética y solicitar una licencia de operación eléctrica de conformidad con las disposiciones de la ley.
3. La energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas disfruta de políticas fiscales preferenciales de acuerdo con las leyes fiscales vigentes.
4. La energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas cuenta con trámites administrativos simplificados según la normativa legal especializada vigente.
5. Las obras de construcción con instalaciones de energía solar sobre tejado de producción propia y autoconsumo no tendrán que realizar adaptaciones ni ampliaciones energéticas del terreno y de las funciones de acuerdo con lo establecido en la ley.
6. Energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas de hogares y casas individuales; Las oficinas y edificios identificados como patrimonio público se identifican como equipos tecnológicos adscritos a las obras de construcción.
7. La energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas conectada al sistema eléctrico nacional dentro de la escala de capacidad según la planificación y el plan para su implementación, y la energía solar autoproducida y autoconsumida en azoteas conectada al sistema eléctrico nacional de hogares y viviendas individuales con una capacidad inferior a 100 kW, si no se utiliza en su totalidad, se puede vender al sistema eléctrico nacional, pero sin exceder el 20% de la capacidad instalada real, de la siguiente manera:
a) El Grupo Eléctrico de Vietnam pagará a las organizaciones e individuos por el exceso de producción de electricidad generada en el sistema eléctrico nacional, pero sin exceder el 20% de la capacidad instalada real.
b) El precio de compra y venta de excedentes de energía eléctrica al sistema eléctrico nacional es igual al precio promedio del mercado de energía eléctrica del año anterior anunciado por el operador del sistema eléctrico y del mercado eléctrico, a fin de asegurar incentivos adecuados en cada período de desarrollo del sistema eléctrico nacional.
c) Energía solar autoproducida y autoconsumida instalada en la azotea de una obra en construcción que sea una oficina o una obra en construcción identificada como un bien público que no compre ni venda excedentes de electricidad.
8. Los hogares y casas individuales que desarrollen energía solar en sus tejados para autoproducción y autoconsumo están exentos o no tienen que adaptar sus licencias comerciales.
9. Alentar a las organizaciones e individuos a decidir instalar un sistema de almacenamiento de baterías (BESS) para garantizar el funcionamiento seguro y estable del sistema eléctrico.
Según el decreto, las organizaciones y personas que venden electricidad a unidades de energía en proyectos y sistemas de energía solar instalados y operados antes del 1 de enero de 2021 no pueden registrarse para instalar energía solar en azotea autoproducida y autoconsumida adicional en el mismo lugar de uso de electricidad.
Las organizaciones y personas que hayan instalado energía solar en sus azoteas desde el 1 de enero de 2021 y quieran vender el excedente de electricidad a la red nacional, también deberán cumplir con lo dispuesto en este decreto.
Te invitamos a leer el texto completo del Decreto No. 135 que regula el mecanismo y las políticas para incentivar el desarrollo de la energía solar autoproducida y autoconsumida en cubiertas AQUÍ.
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Fuente: https://tuoitre.vn/ai-duoc-mien-giay-phep-dien-luc-va-khong-gioi-han-cong-suat-lap-dien-mat-troi-mai-nha-20241028150227117.htm
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