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4 casos en los que las cuentas de identificación electrónica se bloquearán y todos deberíamos saberlo

Người Đưa TinNgười Đưa Tin31/08/2023

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Una cuenta de identificación electrónica es una colección de nombres de usuario (que son los números de identificación personal de los ciudadanos), contraseñas (enviadas vía SMS a cada individuo) u otras formas de autenticación creadas por el sistema de identificación y autenticación electrónica del Ministerio de Seguridad Pública .

En consecuencia, las cuentas de identificación electrónica se gestionan y autentican en la aplicación nacional de identificación electrónica (VNeID), desarrollada por el Ministerio de Seguridad Pública.

De conformidad con el artículo 12 del Decreto 59/2022/ND-CP, las cuentas de identificación electrónica se clasifican en 2 niveles.

La cuenta de identificación electrónica de nivel 1 es una cuenta de identificación electrónica emitida a los ciudadanos vietnamitas, que incluye la siguiente información: Número de identificación personal; apellido, segundo nombre y nombre; fecha de nacimiento; sexo; retrato

La cuenta de identificación electrónica de nivel 1 de un extranjero contendrá la siguiente información: Número de identificación del extranjero; apellido, segundo nombre y nombre; fecha de nacimiento; sexo; nacionalidad; número, símbolo, fecha, mes, año, tipo de documento y lugar de expedición del pasaporte o documento de viaje internacional; retrato

La cuenta de identificación electrónica de nivel 2 es una cuenta que se crea en caso de que la información del individuo declarado haya sido verificada mediante fotografía o huella dactilar que coincida con la información de la Base de Datos Nacional de Población, la Base de Datos de Identificación Ciudadana o la Base de Datos Nacional de Inmigración. Al mismo tiempo, las cuentas de identificación electrónica de nivel 2 se integran con documentos adicionales, como: carnet de conducir, tarjeta sanitaria , pasaporte...

La cuenta de identificación electrónica de nivel 2 es el nivel más alto de cuenta de identificación personal.

¿Cuándo se bloqueará la cuenta de identificación electrónica?

Las cuentas de identificación electrónica serán bloqueadas si se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el Decreto 59/2022. En concreto, de acuerdo con lo establecido en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 19 del Decreto 59/2022, los siguientes supuestos tendrán sus cuentas de identificación electrónica bloqueadas.

Bloquear la cuenta de identificación electrónica del ciudadano

El sistema de identificación y autenticación electrónica registra y bloquea automáticamente la cuenta de identificación electrónica en los siguientes casos:

- El titular de la identidad electrónica solicita el bloqueo de su cuenta de identidad electrónica;

- El titular de la identidad electrónica incumple los términos de uso de la aplicación VNelD;

- Al titular de la identidad electrónica se le revoca su cédula de identidad ciudadana;

- Fallece el sujeto de identidad electrónica.

El registro se realiza mediante la declaración del sujeto de identidad electrónica en la aplicación VNelD o la actualización de la información de identidad electrónica en el sistema de identificación y autenticación electrónica especificado en el artículo 10 del presente Decreto.

Bloquee su cuenta de identificación electrónica en el siguiente orden:

- El organismo encargado de aplicar la ley, autoridad competente o usuario del servicio que solicite el bloqueo de la cuenta de identificación electrónica deberá enviar la solicitud de bloqueo de la cuenta al organismo policial para su consideración y resolución.

- Dentro de los 2 días hábiles, el jefe del organismo de seguridad pública que reciba la solicitud de bloqueo de la cuenta de identificación electrónica aprobará el bloqueo de la cuenta en el caso especificado en el punto b, cláusula 1 de este artículo y notificará al organismo u organización que solicita el bloqueo de la cuenta y al titular de la identidad electrónica. En caso de negativa a bloquear la cuenta, se emitirá una respuesta por escrito indicando el motivo.

Bloqueo de la cuenta de identificación electrónica de un extranjero

El sistema de identificación y autenticación electrónica registra y bloquea automáticamente la cuenta de identificación electrónica en los siguientes casos:

- El titular de la identidad electrónica solicita el bloqueo de su cuenta de identidad electrónica;

- El titular de la identidad electrónica incumple los términos de uso de la aplicación VNelD;

- El pasaporte o documento de viaje internacional del titular de la identidad electrónica haya caducado;

- La residencia del titular de la identidad electrónica en Vietnam ha expirado;

- Fallece el sujeto de identidad electrónica.

El registro se realiza mediante la declaración del sujeto de identidad electrónica en la aplicación VNelD o la actualización de la información de identidad electrónica en el sistema de identificación y autenticación electrónica especificado en el artículo 10 del presente Decreto.

Bloquee su cuenta de identificación electrónica en el siguiente orden:

- El organismo encargado de aplicar la ley, autoridad competente o usuario del servicio que solicite el bloqueo de la cuenta de identificación electrónica deberá enviar la solicitud de bloqueo de la cuenta al organismo policial para su consideración y resolución.

- Dentro de los 2 días hábiles, el jefe del organismo de seguridad pública que reciba la solicitud de bloqueo de la cuenta de identificación electrónica aprobará el bloqueo de la cuenta en el caso especificado en el punto b, cláusula 1 de este artículo y notificará al organismo u organización que solicita el bloqueo de la cuenta y al titular de la identidad electrónica. En caso de negativa a bloquear la cuenta, se emitirá una respuesta por escrito indicando el motivo.

Bloquear la cuenta de identificación electrónica de la organización

El sistema de identificación y autenticación electrónica registra y bloquea automáticamente la cuenta de identificación electrónica en los siguientes casos:

- El titular de la identidad electrónica solicita el bloqueo de su cuenta de identidad electrónica;

- El titular de la identidad electrónica incumple los términos de uso de la aplicación VNelD;

- Disolver y cesar operaciones de conformidad con la ley.

El registro se realiza mediante la declaración del sujeto de identidad electrónica en la aplicación VNelD o la actualización de la información de identidad electrónica en el sistema de identificación y autenticación electrónica especificado en el artículo 10 del presente Decreto.

Bloquee su cuenta de identificación electrónica en el siguiente orden:

- El organismo encargado de aplicar la ley, autoridad competente o usuario del servicio que solicite el bloqueo de la cuenta de identificación electrónica deberá enviar la solicitud de bloqueo de la cuenta al organismo policial para su consideración y resolución.

- Dentro de los 2 días hábiles, el jefe del organismo de seguridad pública que reciba la solicitud de bloqueo de la cuenta de identificación electrónica aprobará el bloqueo de la cuenta en el caso especificado en el punto b, cláusula 1 de este artículo y notificará al organismo u organización que solicita el bloqueo de la cuenta y al titular de la identidad electrónica. En caso de negativa a bloquear la cuenta, se emitirá una respuesta por escrito indicando el motivo.

También de acuerdo con el artículo 19 anterior, la cuenta de identificación electrónica se desbloqueará en los siguientes casos:

1. El sistema desbloquea automáticamente la cuenta de identificación electrónica cuando se agotan las causas para el bloqueo automático de la cuenta de identificación electrónica.

2. El organismo encargado de la persecución, autoridad competente o usuario del servicio que solicite el desbloqueo de la cuenta de identificación electrónica deberá enviar una solicitud al organismo policial para su resolución.

Para solicitar el bloqueo o desbloqueo de una cuenta de identificación electrónica, las personas pueden hacerlo de las siguientes tres maneras:

1. El propietario de la cuenta sigue las instrucciones de la aplicación VNeID.

2. Comunicarse con el centro de llamadas para recibir y resolver las solicitudes de identificación y autenticación electrónica, proporcionando la información de autenticación según se solicite.

3. Los ciudadanos acuden a la agencia de gestión de identificación y autenticación electrónica, proporcionan la información de autenticación del titular de la cuenta para solicitar bloquear o desbloquear su cuenta.

Minh Hoa (t/h)


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