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Revisar y gestionar las infracciones de las facturas electrónicas en el negocio petrolero

Người Đưa TinNgười Đưa Tin19/03/2024

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El 18 de marzo, el Ministerio de Industria y Comercio emitió documentos urgentes a los Comités Populares de las provincias y ciudades de administración central, y a los Departamentos de Industria y Comercio de las provincias y ciudades; comerciantes de petróleo; Distribuidores de petróleo sobre la implementación de la normativa sobre facturas electrónicas y el suministro de datos de facturas electrónicas según lo prescrito.

En consecuencia, en el Despacho Oficial No. 1654/BTC-TTTN del Ministerio de Industria y Comercio, se establece que, implementando la directiva del Primer Ministro en la Resolución No. 28/NQ-CP del 5 de marzo de 2024 de la reunión regular del Gobierno en febrero de 2024 y la Conferencia sobre la implementación de las tareas de gestión de la política monetaria en 2024 sobre centrarse en la eliminación de las dificultades para la producción y los negocios, promover el crecimiento y estabilizar la macroeconomía el 14 de marzo de 2024, el Ministerio de Industria y Comercio solicita a los Comités Populares de las provincias y ciudades administradas centralmente que instruyan a los Departamentos y sucursales para que se centren en priorizar los recursos para apoyar a los comerciantes de petróleo para implementar regulaciones sobre el establecimiento y emisión de facturas electrónicas para las actividades comerciales minoristas de petróleo, especialmente en el establecimiento de facturas electrónicas en las tiendas minoristas de petróleo para los clientes por cada venta y proporcionar datos de facturas electrónicas de acuerdo con las regulaciones.

Al mismo tiempo, fortalecer la insistencia, supervisión, inspección e implementar resueltamente la gestión y el uso de facturas electrónicas para las actividades comerciales minoristas de petróleo de acuerdo con la dirección del Primer Ministro en los Despachos Oficiales No. 1123/CD-TTg de fecha 18 de noviembre de 2023 y el Despacho Oficial No. 1284/CD-TTg de fecha 1 de diciembre de 2023. Coordinar con el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Industria y Comercio para dirigir fuerzas funcionales para revisar y manejar los negocios petroleros que no cumplan con las regulaciones sobre facturas electrónicas para el 31 de marzo de 2024.

En el Despacho Oficial No. 1655/BCT-TTTN, el Ministerio de Industria y Comercio solicitó a los Departamentos de Industria y Comercio de las provincias y ciudades de administración central que insten y supervisen a los comerciantes de petróleo en el área: (1) a cumplir con las disposiciones de la ley sobre comercio de petróleo; (2) Emitir facturas electrónicas en las gasolineras minoristas para los clientes por cada venta en las gasolineras minoristas y proporcionar datos de factura electrónica de acuerdo con la reglamentación. Además, vigilar de cerca el equilibrio entre la oferta y la demanda de productos derivados del petróleo para evitar que las gasolineras detengan las ventas, causando escasez de suministro local en la zona.

Además, el Ministerio de Industria y Comercio también envió el Despacho Oficial No. 1656/BCT-TTTN a los principales comerciantes y distribuidores de petróleo. El despacho oficial establece claramente que, con base en las disposiciones de la Cláusula 9, Artículo 1 del Decreto No. 80/2023/ND-CP de fecha 17 de noviembre de 2023 que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto No. 95/2021/ND-CP de fecha 1 de noviembre de 2021 y el Decreto No. 83/2014/ND-CP de fecha 3 de septiembre de 2014 del Gobierno sobre comercio de petróleo; Implementando el Despacho Oficial No. 1123/CD-TTg de fecha 18 de noviembre de 2023 sobre el fortalecimiento de la gestión y uso de la factura electrónica, contribuyendo a promover la transformación digital y el Despacho Oficial No. 1284/CD-TTg de fecha 1 de diciembre de 2023 sobre el fortalecimiento de la gestión y uso de la factura electrónica para las actividades comerciales y minoristas de petróleo; Español Implementando la directiva del Primer Ministro en la Resolución No. 28/NQ-CP del 5 de marzo de 2024, el Ministerio de Industria y Comercio solicita que los comerciantes de petróleo implementen seriamente los siguientes contenidos: Primero, cumplan estrictamente las disposiciones de la ley sobre comercio de petróleo; En segundo lugar, emitir facturas electrónicas para las actividades comerciales y minoristas de petróleo, especialmente en la emisión de facturas electrónicas en tiendas minoristas de petróleo para los clientes por cada venta en tiendas minoristas de petróleo y proporcionar datos de facturas electrónicas de acuerdo con las regulaciones.

El Ministerio de Industria y Comercio señaló que durante el proceso de implementación, si hay dificultades o problemas, se solicita a los comerciantes que informen y busquen opiniones de las agencias y unidades pertinentes.

Según la Dirección General de Tributos, el número total de gasolineras que han emitido factura electrónica por cada venta a 15 de marzo de 2024 es de 10.649 (un incremento de 7.949 respecto al 1 de diciembre de 2023), lo que supone aproximadamente el 67,6% del número de estaciones de servicio minoristas a nivel nacional.

Las últimas estadísticas muestran que en la actualidad el país cuenta con alrededor de 15.756 tiendas minoristas de gasolina.

El Departamento General de Impuestos también ha emitido numerosos documentos que ordenan a los Departamentos de Impuestos de las provincias y las ciudades administradas centralmente fortalecer urgentemente la gestión, inspección, supervisión y promover la emisión de facturas electrónicas después de cada venta para las actividades comerciales de venta minorista de gasolina.

Al mismo tiempo, los Departamentos Fiscales locales deben informar de inmediato al Comité Popular para ordenar a las agencias, departamentos y sucursales locales que se coordinen de manera proactiva con las autoridades fiscales para implementar urgentemente soluciones sincrónicas y efectivas, y exigir resueltamente a los negocios minoristas de gasolina que emitan facturas electrónicas después de cada venta de conformidad con las disposiciones de la ley y la dirección del Primer Ministro y el Ministerio de Finanzas.

Además de las razones objetivas, muchas empresas y comercios minoristas que venden gasolina no han reconocido plenamente las obligaciones legales obligatorias a la hora de emitir facturas electrónicas por cada venta en comercios minoristas que venden gasolina de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración Tributaria, el Decreto No. 123/2020/ND-CP y el Decreto 80/2023/ND-CP.

En una reciente reunión sobre el fortalecimiento de la coordinación con los Comités Populares y departamentos en provincias y ciudades, los líderes del Departamento General de Impuestos solicitaron a las agencias tributarias que especifiquen el plan para implementar facturas electrónicas para cada venta en tiendas minoristas de gasolina, asignando tareas específicas a cada funcionario de cada departamento.

Al mismo tiempo, coordinar con las autoridades locales y los departamentos y sucursales del área para establecer equipos de inspección interdisciplinarios con tiempos y avisos específicos y claros para realizar inspecciones de la implementación de las facturas electrónicas para el negocio minorista de gasolina. Al mismo tiempo, promover la propaganda para que las empresas petroleras tengan pleno conocimiento de la normativa sobre las obligaciones legales obligatorias de emitir facturas electrónicas por cada venta.

Para superar las limitaciones en el proceso de implementación, el Departamento General de Impuestos ha solicitado a los Departamentos Fiscales locales que fortalezcan la coordinación con los Comités Populares de las provincias, especialmente para las localidades con bajos resultados. En consecuencia, la Dirección General de Tributación requiere que las Direcciones Tributarias con altos resultados se coordinen con las Direcciones Tributarias locales con bajos resultados para compartir experiencias en la coordinación de la implementación, y al mismo tiempo informar sobre el trabajo que se ha realizado y se está realizando para conocer las causas y a partir de ahí tener soluciones apropiadas para desplegar y organizar la implementación de acuerdo con las instrucciones del Gobierno y el Ministerio de Hacienda.

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