En la Ley de Vivienda, nº 27/2023/QH15 de la Asamblea Nacional, oficialmente vigente a partir del 1 de agosto de 2024, se han ampliado los sujetos elegibles para comprar una vivienda social.
A partir del 1 de agosto de 2024 se ampliarán los sujetos elegibles para comprar vivienda social. Ilustración: Hai Nguyen
En este sentido, respecto de los sujetos elegibles para las políticas de apoyo a la vivienda social, la Ley de Vivienda 2023 ha agregado el caso de las empresas, cooperativas y uniones de cooperativas en parques industriales. En concreto, el artículo 76 de la Ley de Vivienda, nº 27/2023/QH15 estipula que hay 12 sujetos con derecho a políticas de apoyo a la vivienda social, entre ellos: - Personas con servicios meritorios a la revolución, familiares de mártires que son elegibles para el apoyo a la mejora de la vivienda de acuerdo con la Ordenanza sobre el trato preferencial para las personas con servicios meritorios a la revolución. - Hogares pobres, hogares casi pobres en zonas rurales. - Hogares pobres y casi pobres en zonas rurales frecuentemente afectados por desastres naturales y el cambio climático. - Hogares pobres, hogares casi pobres en zonas urbanas. - Personas de bajos ingresos en zonas urbanas. - Obreros y obreros que laboran en empresas, cooperativas y sindicatos de cooperativas dentro y fuera de los parques industriales. - Oficiales, soldados profesionales, suboficiales de las fuerzas armadas, trabajadores de la policía, servidores públicos, trabajadores de la defensa y funcionarios en servicio activo en el ejército; Criptógrafos y otros trabajadores de organizaciones criptográficas que reciben salarios del presupuesto estatal trabajan actualmente. - Cuadros, funcionarios y empleados públicos de acuerdo a lo dispuesto en la ley sobre cuadros, funcionarios y empleados públicos. - El sujeto haya restituido la residencia oficial de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 125 de esta Ley, salvo en los casos en que la residencia oficial le haya sido revocada por violaciones a lo dispuesto en esta Ley. - Los hogares y las personas cuyas tierras se han recuperado y cuyas casas deben ser desalojadas y demolidas de acuerdo con las disposiciones de la ley, pero que aún no han recibido una compensación del Estado en forma de casas y terrenos residenciales. - Los estudiantes de universidades, colegios, escuelas profesionales y escuelas especializadas previstas por la ley; Estudiantes de internados públicos. - Empresas, cooperativas, uniones cooperativas en parques industriales. Así, la Ley de Vivienda de 2023 ha añadido 2 grupos más de beneficiarios de las políticas de apoyo a la vivienda social respecto a los actuales: (1) Hogares pobres y casi pobres en zonas urbanas. (2) Empresas, cooperativas, uniones de cooperativas en parques industriales. Para gozar de políticas de apoyo a la vivienda social, los sujetos antes mencionados deberán cumplir determinadas condiciones establecidas en el artículo 78, como por ejemplo: - No tener vivienda propia en el lugar donde exista un proyecto de inversión en vivienda social, no haber adquirido o arrendado vivienda social, no haber disfrutado de políticas de apoyo a la vivienda en cualquier modalidad; - Cumplir con los requisitos de ingresos según lo prescrito... Fuente: https://laodong.vn/bat-dong-san/tu-182024-mo-rong-doi-tuong-duoc-mua-nha-o-xa-hoi-1367907.ldo
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