Dirección General de Aduanas ordena manejo de envíos que vencen plazo de despacho aduanero

Báo Công thươngBáo Công thương08/11/2024

La Dirección General de Aduanas acaba de enviar un documento a las Direcciones de Aduanas de las provincias y ciudades para orientar la inspección, supervisión y manejo de los envíos que hayan vencido el plazo de despacho de aduana.


Con el fin de fortalecer la gestión y supervisión aduanera de las mercancías exportadas e importadas que ingresan, almacenan y egresan de los puertos, almacenes y patios, para combatir y prevenir el contrabando y el fraude comercial, el 30 de octubre de 2024, la Dirección General de Aduanas emitió el Documento No. 5294/TCHQ-GSQL. Enviar al Departamento de Aduanas de provincias y ciudades para solicitar la realización de una serie de tareas.

En consecuencia, en relación con la inspección, vigilancia y manejo de los envíos que hayan vencido el plazo de despacho aduanero, la Dirección General de Aduanas solicita a las Direcciones Aduaneras de las provincias y ciudades realizar lo siguiente:

Para mercancías almacenadas de 30 a 90 días en almacenes, puertos y patios: Para los envíos importados que no hayan pasado por los procedimientos aduaneros, el Jefe de la Sucursal Aduanera donde se encuentren almacenadas las mercancías, con base en la información del Manifiesto de Mercancías y otras fuentes de información (si las hubiera) analizará, evaluará los riesgos y aplicará la inspección de detección o aplicará las medidas de control adecuadas a los envíos que presenten indicios de violaciones y altos riesgos; Actualizar los resultados de detección en el sistema (si los hay). Cuando una empresa registra una declaración, el Jefe de la Sucursal Aduanera donde se registra la declaración, con base en los resultados de la clasificación en el sistema, registros aduaneros, indicios de infracciones, indicios de riesgos y resultados de la inspección (si los hubiera) decidirá sobre la realización de la inspección física de las mercancías, el manejo de las infracciones (si las hubiera) y la solución de los procedimientos aduaneros de acuerdo con las regulaciones.

Tổng cục Hải quan chỉ đạo xử lý đối các lô hàng quá thời hạn làm thủ tục hải quan
La Dirección General de Aduanas acaba de enviar un documento a las Direcciones de Aduanas de las provincias y ciudades para orientar la inspección, supervisión y manejo de los envíos que hayan vencido el plazo de despacho de aduana. (Ilustración)

Para las mercancías almacenadas por más de 90 días en almacenes, puertos y patios: Periódicamente, el día 15 de cada mes, el Subdepartamento de Aduanas donde se encuentran almacenadas las mercancías realizará estadísticas, revisará y buscará datos sobre las mercancías que llegan a los puertos, almacenes y patios por más de 90 días en el sistema pero que aún no han completado los procedimientos aduaneros, y los comparará con los datos monitoreados por las empresas comerciales de puertos, almacenes y patios para determinar los datos sobre las mercancías almacenadas por más de 90 días y las mercancías atrasadas. En caso de que nadie venga a recibir las mercancías después de 90 días, la Sucursal Aduanera donde se encuentran almacenadas las mercancías notificará al propietario de las mercancías de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 8, Circular No. 203/2014/TT-BTC de fecha 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Finanzas y manejará de la siguiente manera: Dentro del plazo para la notificación de encontrar al propietario de las mercancías, si alguien viene a recibir las mercancías y registra la declaración, la Sucursal Aduanera donde se encuentran almacenadas las mercancías está equipada con un escáner para realizar el escaneo y actualizar los resultados del escaneo en el Sistema (excepto en los casos en que el envío ha sido escaneado y los casos en que las mercancías no son aptas para la inspección a través del escáner de acuerdo con la Decisión 2056/QD-TCHQ de fecha 29 de agosto de 2024 del Departamento General de Aduanas). En caso de que no haya escáner y las mercancías sean trasladadas al lugar de inspección fuera del paso fronterizo, la Sucursal Aduanera donde se encuentren almacenadas las mercancías entregará las mercancías (incluida la información de las mercancías que no hayan sido escaneadas) a la Sucursal Aduanera donde se registre la declaración para transferirlas al canal de inspección propiamente dicho; Monitorear, tramitar las infracciones (si las hubiera) y continuar resolviendo los procedimientos aduaneros de acuerdo a la normativa.

En caso de que haya transcurrido el plazo para la notificación para encontrar al propietario de las mercancías y nadie venga a recibir las mercancías, la Sucursal Aduanera donde se encuentren almacenadas las mercancías informará al Director del Departamento Provincial o Municipal de Aduanas para que decida establecer un Consejo para el manejo de mercancías atrasadas para realizar el inventario y clasificar las mercancías atrasadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Circular 203/2014/TT-BTC. 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Hacienda...



Fuente: https://congthuong.vn/tong-cuc-hai-quan-chi-dao-xu-ly-cac-lo-hang-qua-thoi-han-lam-thu-tuc-hai-quan-357636.html

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