La ayuda para el tratamiento médico de los trabajadores y sus familiares es una de las cantidades no sujetas al impuesto sobre la renta de las personas físicas.
El punto g, cláusula 2, artículo 2 de la Circular 111/2013/TT-BTC (modificada y complementada por la Circular 92/2015/TT-BTC) estipula que los ingresos procedentes de sueldos y salarios no están incluidos en los ingresos sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
En particular, el apoyo del empleador al examen médico y al tratamiento de enfermedades graves del trabajador y de sus familiares.
Los familiares del trabajador en este caso incluyen: hijos biológicos, hijos legalmente adoptados, hijos ilegítimos e hijastros del cónyuge o del marido; esposa o marido; padre biológico, madre biológica; suegro, suegra (o suegro, suegra); padrastro, madrastra; padres adoptivos legales
El monto de la ayuda no incluido en el ingreso tributable es el monto efectivamente pagado de acuerdo al comprobante de pago de honorarios hospitalarios, pero sin exceder el monto de los honorarios hospitalarios pagados por el empleado y sus familiares después de deducir el monto pagado por la organización de seguros.
El empleador que paga el dinero de manutención es responsable de: conservar una copia del documento de pago de la tarifa del hospital con la confirmación del empleador (en caso de que el empleado y los familiares del empleado paguen el monto restante después de que la organización de seguros pague directamente al centro médico) o una copia del documento de pago de la tarifa del hospital; Una copia del certificado de pago del seguro de salud certificado por el empleador (en caso de que el empleado y sus familiares paguen todos los gastos del hospital, la organización de seguros paga el dinero del seguro al empleado y a sus familiares) junto con el certificado de pago para apoyar al empleado y a sus familiares en caso de enfermedad grave.
9 tipos de ingresos procedentes de sueldos y salarios no están sujetos al IRPF 1. Apoyo del empleador para el examen médico y tratamiento de enfermedades graves de los trabajadores y sus familiares. 2. Cantidad percibida de acuerdo a la normativa sobre el uso de medios de transporte en organismos estatales, unidades de servicio público, organizaciones del Partido y sindicatos. 3. Cantidad percibida por el régimen de vivienda pública conforme a lo establecido en la ley. 4. Las cantidades percibidas distintas de sueldos y salarios por participar en la emisión de opiniones, valoración y examen de documentos jurídicos, resoluciones e informes políticos ; participar en equipos de inspección y supervisión; recibir electores, recibir ciudadanos; uniformes y otros trabajos relacionados con el servicio directo a las actividades de la Oficina de la Asamblea Nacional, del Consejo de Nacionalidades y de los comités de la Asamblea Nacional, y de las delegaciones de la Asamblea Nacional; Oficina Central y Comités del Partido; Oficina del Comité del Partido de la Ciudad, Comité del Partido Provincial y sus departamentos. 5. Los empleadores que organizan comidas y almuerzos a mitad de turno para los empleados pagan el dinero para las comidas y almuerzos a mitad de turno cocinando directamente, comprando comidas o proporcionando vales de comida. En caso de que el empleador no organice comidas o almuerzos a mitad de turno, pero pague por ellos al empleado, no se incluye en el ingreso tributable del individuo si el nivel de pago es adecuado. En caso de que el nivel de gasto sea superior al nivel orientativo del Ministerio de Trabajo, Inválidos y Asuntos Sociales , el exceso de gasto deberá incluirse en el ingreso tributable del individuo. Los niveles de gastos específicos aplicables a las empresas y organizaciones estatales, las unidades dependientes de los organismos administrativos, el Partido, los sindicatos y las asociaciones no podrán exceder las directrices del Ministerio de Trabajo, Inválidos y Asuntos Sociales. Para las empresas no estatales y otras organizaciones, el nivel de gastos lo decide el jefe de la unidad de acuerdo con el presidente del sindicato, pero no debe superar el nivel aplicable a las empresas estatales. 6. La cantidad de dinero por el pasaje de avión de ida y vuelta pagado por el empleador en nombre (o para) los empleados extranjeros que trabajan en Vietnam y los empleados vietnamitas que trabajan en el extranjero que regresan a casa de vacaciones anuales una vez al año. 7. Los gastos de matrícula de los hijos de empleados extranjeros que trabajan en Vietnam para estudiar en Vietnam, y de los hijos de empleados vietnamitas que trabajan en el extranjero para estudiar en el extranjero, desde el preescolar hasta la escuela secundaria, son pagados por el empleador. 8. Los ingresos personales recibidos de asociaciones y organizaciones patrocinadoras no están incluidos en el impuesto sobre la renta personal si la persona que recibe el patrocinio es miembro de la asociación u organización; Los fondos de patrocinio provienen de fuentes del presupuesto estatal o se gestionan de acuerdo con las regulaciones estatales; Creación de obras literarias y artísticas, proyectos de investigación científica... para llevar a cabo tareas políticas del Estado o de acuerdo con el programa de actividades de acuerdo con los estatutos de dicha asociación u organización. 9. Pagos realizados por los empleadores para atender la movilización y rotación de empleados extranjeros que trabajan en Vietnam de acuerdo con las disposiciones del contrato de trabajo, en cumplimiento del cronograma laboral estándar de acuerdo con las prácticas internacionales de algunas industrias como el petróleo y el gas, la minería. |
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Fuente: https://vietnamnet.vn/tien-ho-tro-kham-chua-benh-hiem-ngheo-co-chiu-thue-thu-nhap-ca-nhan-2377706.html
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