A partir del 1 de enero de 2025 entrará en vigor la Circular 71/2024 que regula la gestión, el funcionamiento y la utilización de los sistemas de equipos de seguimiento de trayectos y de los dispositivos de registro de imágenes del conductor.

Anteriormente, la gestión y operación de este sistema estaba bajo la responsabilidad del Departamento de Carreteras del Ministerio de Transporte.

Sin embargo, la Circular 71/2024 estipula claramente que el sistema de gestión de datos de los dispositivos de seguimiento de viajes y de los dispositivos de grabación de imágenes del conductor es administrado, operado y utilizado por la fuerza de la policía de tránsito y el funcionamiento del sistema es monitoreado e inspeccionado regularmente.

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Muchos vehículos deben estar equipados con dispositivos de rastreo GPS. Foto: Documento

En particular, el artículo 11 estipula que las unidades empresariales de transporte de automóviles, los propietarios de automóviles de pasajeros con 8 asientos o más (excluido el asiento del conductor) para el negocio de transporte, tractores, ambulancias y vehículos de rescate deben gestionar los vehículos, instalar dispositivos de monitoreo de viaje y dispositivos para grabar imágenes de los conductores en los vehículos.

La gestión e instalación de los equipos deberán cumplir las reglamentaciones técnicas nacionales sobre equipos de seguimiento de recorrido y equipos de registro de imágenes del conductor.

Las unidades de negocio de transporte son responsables de transmitir de forma precisa, completa y continua los datos al servidor del Departamento de Policía de Tránsito.

Al mismo tiempo, las unidades de negocio de transporte deben garantizar la objetividad, exactitud y puntualidad en el suministro de los datos, y no deben modificar ni distorsionar los datos transmitidos al servidor del Departamento de Policía de Tránsito; garantizar la seguridad y protección de los datos

Advertir al conductor que el dispositivo de monitoreo de viaje, el dispositivo de grabación de imágenes del conductor, no está transmitiendo datos al servidor de servicio.

Actualizar y almacenar sistemáticamente los datos sobre los recorridos de los vehículos y las imágenes de los conductores durante un mínimo de 1 año para los datos recopilados de los dispositivos de seguimiento de viajes y 3 meses para los datos recopilados de los dispositivos de grabación de imágenes de los conductores.

Para los proveedores de servicios, la Circular también exige garantizar la provisión de equipos que cumplan con las reglamentaciones técnicas nacionales sobre equipos de seguimiento de trayectos y equipos de registro de imágenes del conductor.

Garantizar la objetividad, exactitud y puntualidad en el suministro de datos; no modificar ni distorsionar los datos transmitidos al servidor del Departamento de Policía de Tránsito; Garantizar la seguridad y protección de los datos de las empresas de transporte y de los propietarios de vehículos.

Advertir a las empresas de transporte, propietarios de vehículos y conductores que el dispositivo de monitoreo de viaje y el dispositivo de grabación de imágenes del conductor no están transmitiendo datos al servidor de servicio.

Actualizar y almacenar sistemáticamente los datos sobre los recorridos de los vehículos y las imágenes de los conductores durante un mínimo de 1 año para los datos recopilados de los dispositivos de seguimiento de viajes y 3 meses para los datos recopilados de los dispositivos de grabación de imágenes de los conductores.

Para los conductores de vehículos de transporte comercial, vehículos de pasajeros de 8 o más plazas (excluyendo el asiento del conductor), tractocamiones, ambulancias y vehículos de rescate, deberán ser responsables de manejar el dispositivo de monitoreo de recorrido y el dispositivo que registra la imagen del conductor durante el tiempo asignado para conducir.

Los conductores deben cumplir con las normas sobre el tiempo de conducción y notificar rápidamente a la unidad de negocio de transporte y al propietario del vehículo cuando el dispositivo de monitoreo de viaje o el dispositivo de grabación de imágenes del conductor no esté funcionando o esté desconectado.