El Ministerio de Finanzas solicita comentarios sobre el proyecto de Decreto que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto Nº 26 del Gobierno sobre Aranceles de Exportación, Aranceles Preferenciales de Importación, Lista de mercancías y tipos impositivos absolutos, impuestos mixtos e impuestos a la importación fuera de contingentes arancelarios.
Incluye tasas de impuestos de importación preferenciales para dispositivos electrónicos utilizados para cigarrillos electrónicos y vaporizadores personales similares bajo el código de artículo 8543.40.00.
A través de la revisión de las tasas preferenciales de impuestos a la importación estipuladas en el Decreto No. 26, el Ministerio de Finanzas encontró que es necesario aplicar tasas preferenciales de impuestos a la importación al código de producto 8543.40.00 similares a las tasas de impuestos a la importación de cigarrillos electrónicos estipuladas en el grupo 24.04 para limitar el uso de productos nocivos para la salud.
Según el informe del Ministerio de Finanzas, la política actual sobre los cigarrillos electrónicos es la siguiente: Los cigarrillos son altamente sensibles y están sujetos a una gestión especializada, por lo que desde que se unió a la OMC y durante todo el proceso de negociación de los TLC, Vietnam siempre ha tenido una visión unificada de mantener el nivel máximo de compromiso fiscal, no reducir las tasas de impuestos a las importaciones o, si es necesario reducirlas, extenderá el período de reducción el mayor tiempo posible. Este es un elemento que afecta la salud humana por lo que es necesario limitar su uso.
Propuesta para imponer un impuesto del 50% a los dispositivos electrónicos utilizados para cigarrillos electrónicos.
En cuanto a los impuestos de importación, los productos de tabaco tienen tasas impositivas NMF (tasas impositivas de exportación, tasas impositivas de importación preferenciales) del 30% al 135%. En particular, el tipo impositivo del 135% se aplica a los puros y cigarrillos del grupo 24.02.
El tipo impositivo del 50% se aplica a las mercancías de la partida 24.03 «Hojas de tabaco elaboradas y demás sucedáneos del tabaco elaborados, tales como tabaco «homogeneizado» o «reconstituido», extractos y esencias de tabaco».
Mientras tanto, los cigarrillos electrónicos constan de dos partes principales: la solución (que contiene nicotina, o sucedáneos del tabaco...) y el dispositivo utilizado para quemar y crear humo.
Los cigarrillos electrónicos actualmente incluyen dos formas: dispositivos electrónicos utilizados para cigarrillos electrónicos con solución vaporizadora adjunta, clasificados en el grupo 24.04 (la tasa de impuesto de importación NMF es del 50%).
La segunda forma son los dispositivos electrónicos para cigarrillos electrónicos y vaporizadores separados, en los que la parte del dispositivo utilizada para quemar y crear humo está clasificada en el código SA 8543.40.00 "Dispositivos electrónicos para cigarrillos electrónicos y vaporizadores eléctricos personales similares"; La solución vaporizada se clasifica en la partida 24.04.
En el Arancel de Importación Preferencial emitido con el Decreto No. 26, la solución vaporizada en cigarrillos electrónicos tiene los mismos usos y naturaleza que las materias primas para sustituir las hojas de tabaco, extractos y esencias de hojas de tabaco del grupo 24.03.
Por lo tanto, el Gobierno ha acordado regular la tasa impositiva NMF para los cigarrillos electrónicos (que contienen solución de vapor) y la solución de vapor con una tasa impositiva NMF del 50% similar a la tasa impositiva para los productos de tabaco alternativos del grupo 24.03.
Respecto a la tasa impositiva de los dispositivos electrónicos utilizados para cigarrillos electrónicos y vaporizadores personales, el Ministerio de Finanzas propone aplicar el mismo código SA 8543.40.00 como la tasa impositiva de los cigarrillos electrónicos del grupo 24.04 según lo prescrito en el Decreto 26.
Además, actualmente no existe una política de productos para los cigarrillos electrónicos, por lo que este producto no ha sido importado ni distribuido oficialmente en Vietnam.
Según el Ministerio de Finanzas, debido a que los cigarrillos electrónicos no se han importado oficialmente a Vietnam, la regulación de la tasa impositiva NMF del 50% para este producto no afecta los ingresos del presupuesto estatal.
Por otra parte, la regulación de la tasa impositiva NMF del 50% también tiene como objetivo limitar el fraude cuando se permita la importación de este artículo en el futuro, unificar la política fiscal para los productos de tabaco y contribuir a limitar el consumo en Vietnam .
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