El Ministerio de Finanzas acaba de emitir el Despacho Oficial No. 3646/BTC-QLCS a los ministerios, sucursales y localidades sobre la compra de automóviles públicos importados.
El documento indica que, implementando la directiva del Primer Ministro en el Despacho Oficial No. 36/TTg-KTTH del 22 de septiembre de 2010, el Ministerio de Finanzas emitió el Despacho Oficial No. 16308/BTC-QLCS del 30 de noviembre de 2010 a los ministerios, sucursales, localidades, corporaciones y grupos económicos establecidos por el Primer Ministro con respecto a las instrucciones sobre la suspensión temporal de la compra de automóviles públicos importados.
El 26 de diciembre de 2024, el Ministerio de Finanzas emitió el Despacho Oficial No. 14341/BTC-QLCS informando al Primer Ministro sobre la compra de automóviles públicos importados. En consecuencia, el Ministerio de Finanzas propuso que el Primer Ministro ordene no suspender temporalmente la compra de automóviles importados como se indica en el Despacho Oficial No. 36/TTg-KTTH sobre la limitación del déficit comercial. La gestión y utilización (incluyendo normas, estándares y compras) de automóviles se ajustarán a lo dispuesto en la ley sobre gestión y utilización de bienes públicos y las leyes pertinentes.
El 17 de marzo de 2025, la Oficina Gubernamental emitió el Despacho Oficial No. 2192/VPCP-KTTH sobre la compra de automóviles públicos importados, en el cual el líder del Gobierno ordenó la compra, gestión y uso de automóviles públicos (incluyendo estándares y normas sobre tipos, cantidades y precios) que se implementarán de conformidad con las disposiciones de la ley sobre gestión y uso de activos públicos, ley sobre licitaciones y leyes relacionadas; garantizar el ahorro, la eficiencia, la publicidad, la transparencia y la lucha contra el despilfarro.
Por tanto, el Ministerio de Finanzas informa a los organismos y unidades para que conozcan e implementen de acuerdo a lo establecido en la ley y la dirección de los líderes del Gobierno. En caso de que surjan problemas en la práctica, los organismos y unidades enviarán documentos al Ministerio de Finanzas para orientación o los resumirán e informarán a las autoridades competentes.
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