El Ministerio de Salud ha emitido la Circular No. 36/2024 que regula las normas sanitarias y los exámenes médicos de los conductores y motociclistas especializados; controles periódicos de salud para conductores de automóviles; Base de datos de salud de conductores y motociclistas especializados según prescripción médica. La Circular entra en vigor el 1 de enero de 2025.
En este sentido, la Circular 36 introduce 7 puntos nuevos respecto a la normativa vigente, en cuanto a la normativa: agrupación aplicable; pruebas de drogas y alcohol; Eliminar el formato del libro de revisión periódica de salud que figuraba en la antigua circular; Añadir normativa sobre normativa de bases de datos de salud de conductores y operadores de motos especializadas; Aumentar el periodo de validez del certificado de salud del conductor.
Junto con ello, la Circular 36 tiene un nuevo punto al eliminar la regulación sobre el examen de maternidad; y algunos cambios en los estándares de salud para algunas especialidades como psiquiatría, ojos, oídos, nariz y garganta...
En cuanto a la agrupación, la Circular 36 establece que las normas de salud para conductores y operadores de motocicletas especializadas se dividen en 3 grupos, entre ellos:
Grupo 1: Aplica para exámenes de salud para expedición de licencias de conducir A1, B1 y de motociclistas especializados.
Grupo 2: Se aplica a los exámenes médicos para la expedición de licencias de conducir clase A y B.
Grupo 3: Se aplica a los exámenes médicos para la expedición de permisos de conducir de las clases C1, C, D1, D2, D, BE, C1E, CE, D1E, D2E y DE.
Normativa actual según la antigua circular: el grupo 1 es para conductores de la clase A1; Grupo 2: para conductores de clase B1; Grupo 3: para conductores de las clases: A2, A3, A4, B2, C, D, E, FB2, FC, FD, FE.
La Circular 36 establece que las personas con licencia de conducir emitida antes del 1 de enero de 2025, si necesitan cambiar o reexpedir su licencia de conducir de clase A1 a licencia de conducir de clase A de acuerdo con lo dispuesto en el punto a Cláusula 3, Artículo 89 de la Ley de Orden y seguridad del tránsito vial: para el examen de salud se aplicarán las normas sanitarias del grupo 1.
De acuerdo con la Circular 36, las personas con discapacidad no tienen obligación de acudir a un especialista musculoesquelético (cláusula 4, artículo 2).
Examen de salud para personas discapacitadas que soliciten una licencia de conducir Clase A1 o una licencia de conducir Clase B según lo prescrito en la Cláusula 2, Artículo 57 de la Ley de Orden y Seguridad del Tráfico Vial: se aplican las normas de salud prescritas en el Apéndice 1 emitido con la Circular 36 para la salud chequeos, pero no para exámenes de especialistas musculoesqueléticos.
Pruebas para el control de la salud del conductor
La Circular 36 establece que el examen de salud al expedir y renovar la licencia de conducir solo prueba la concentración de drogas (5 tipos de drogas); La normativa actual prevé cuatro tipos de pruebas. Se requiere una prueba de drogas, pero no una prueba de alcohol. Prueba de alcoholemia cuando lo prescriba un médico, en caso de duda.
Revisión periódica de salud para conductores de automóviles: pruebas obligatorias de alcohol y drogas.
La circular 36 establece que el certificado sanitario tendrá una vigencia de 12 meses a partir de la fecha de la firma del convenio, lo que supone una extensión de 6 meses respecto a lo dispuesto en la antigua circular actualmente vigente. Además, la Circular 36 tiene algunos cambios en algunos criterios sobre salud mental, oído, nariz y garganta y elimina el requisito del examen de maternidad por estar menos relacionado con la salud del conductor.
Fuente: https://kinhtedothi.vn/tu-1-1-2025-ap-dung-7-diem-moi-trong-tieu-chuan-kham-suc-khoe-nguoi-lai-xe.html
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