El Sr. Huy estudió el Decreto No. 96/2023/ND-CP, cuyo artículo 143 estipula disposiciones transitorias para el ejercicio de la profesión, los certificados de ejercicio y la conversión de los certificados de ejercicio otorgados de conformidad con las disposiciones de la Ley de Examen y Tratamiento Médico No. 40/2009/QH12. Sin embargo, cuando consultó al Departamento de Salud, le dijeron que para emitir una nueva licencia de ejercicio solo se aplicaría el artículo 129 de las condiciones para la práctica del examen y tratamiento médico.
El Sr. Huy preguntó, en su caso, ¿se puede aplicar el artículo 143 del Decreto Nº 96/2023/ND-CP para solicitar una licencia para ejercer una especialidad?
Respecto a este tema, el Ministerio de Salud respondió lo siguiente:
Actualmente, los profesionales a quienes se les otorga una licencia para ejercer están sujetos a lo dispuesto en la Cláusula 1, Artículo 143 del Decreto No. 96/2023/ND-CP de fecha 30 de diciembre de 2023 del Gobierno, y al mismo tiempo, lo dispuesto en la Cláusula 5, Artículo 129 de este Decreto también se aplica en los casos en que hayan ejercido antes del 1 de enero de 2024, específicamente de la siguiente manera:
"b) Calcular el tiempo de práctica antes del 1 de enero de 2024 para calcular el tiempo total de práctica, pero deberá asegurarse de que el tiempo de práctica prescrito en el Artículo 3 de este Decreto se alcance antes del 31 de diciembre de 2024".
Gobierno.vn
Fuente: https://baochinhphu.vn/tinh-thoi-gian-thuc-hanh-de-cap-giay-phep-hanh-nghe-y-102250417102454533.htm
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