Reforma a la Ley de Notarización: Establece criterios para determinar las transacciones que deben ser notariadas

Việt NamViệt Nam26/10/2024

La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional propuso aceptar y revisar el proyecto de Ley sobre Notarización (enmendado) en el sentido de no especificar los tipos de transacciones que deben ser notariadas, sino solo estipular los criterios para determinar los tipos de transacciones que deben ser notariadas, a fin de garantizar la estabilidad de la Ley.

Continuar el programa En la octava sesión de la tarde del 25 de octubre, la Asamblea Nacional discutió en la sala una serie de contenidos del proyecto con diferentes opiniones. Ley de Notarización (modificada).

Garantizar la estabilidad del Derecho Notarial

Al presentar el informe sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de ley, el presidente del Comité de Derecho, Hoang Thanh Tung, dijo que con respecto a las regulaciones sobre los tipos de transacciones que deben ser notariadas, algunas opiniones estuvieron de acuerdo con el proyecto, que no estipula los tipos de transacciones que deben ser notariadas en la Ley de Notarización.

El presidente del Comité de Derecho, Hoang Thanh Tung, presentó un informe explicando, aceptando y revisando el proyecto de Ley sobre Notarización (enmendado). (Foto: DUY LINH)

Algunas opiniones sugieren agregar al proyecto de Ley regulaciones sobre los tipos de transacciones que deben ser notariadas tales como: transacciones sobre bienes inmuebles; transacciones sobre activos registrados; transacciones relacionadas con negocios; Otras transacciones que la ley exige certificación notarial.

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional encontró que, al igual que en muchos otros países del mundo, la legislación de nuestro país también estipula la notarización obligatoria para una serie de transacciones importantes relacionadas con los derechos de uso de la tierra, derechos de propiedad de la vivienda, una serie de otros tipos de activos que deben registrar derechos de propiedad y uso, y una serie de otras transacciones importantes.

Las transacciones que deben ser notariadas están actualmente reguladas en leyes pertinentes como el Código Civil, la Ley de Matrimonio y Familia, la Ley de Tierras, la Ley de Vivienda, la Ley de Negocios Inmobiliarios y una serie de documentos sub-legales...

El Proyecto de Ley presentado por el Gobierno en la 7ª Sesión hereda las disposiciones de la actual Ley del Notariado, no estipula los tipos de transacciones que deben ser notariadas, sino que se centra en regular las cuestiones relacionadas con los notarios y las organizaciones de práctica notarial.

Durante la discusión y revisión de este contenido, hubo dos tipos de opiniones: El primer tipo de opinión coincidió con el punto de vista del Gobierno, de no regular específicamente los tipos de transacciones que deben ser notariadas en la Ley del Notariado para evitar duplicidades con disposiciones de leyes especializadas. El segundo tipo de opinión propone precisar la lista de transacciones que deben ser protocolizadas en la Ley de Notarización para garantizar la transparencia y conveniencia en la aplicación de la ley por parte de las personas y las empresas.

Según el Comité Permanente de la Asamblea Nacional, ambas opiniones anteriores tienen ventajas y limitaciones. La opción de no especificar los tipos de transacciones que deben ser notariadas en la Ley de Notarización creará más flexibilidad para modificar las regulaciones sobre transacciones que deben ser notariadas en otros documentos legales para adaptarlas a la realidad, asegurando la estabilidad de la Ley de Notarización. La limitación de esta opción es que las transacciones notariadas están reguladas en muchos documentos legales diferentes, lo que dificulta que las personas comprendan y cumplan con las regulaciones legales.

La opción de especificar la lista de transacciones que deben ser notariadas en la Ley del Notariado tiene la ventaja de asegurar la transparencia y conveniencia en la aplicación de la ley, pero la limitación es que legalizará una serie de disposiciones de decretos y circulares que son competencia del Gobierno y de los Ministerios, lo que no asegura la estabilidad de la Ley cuando sea necesario ajustar el contenido y alcance de las transacciones que deben ser notariadas.

Con base en el análisis de las ventajas y limitaciones de cada tipo de dictamen mencionado anteriormente, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional propone que la Asamblea Nacional incorpore los puntos positivos de ambos tipos de dictamen para revisar este contenido.

En consecuencia, añádese la cláusula 2, artículo 1 para estipular los criterios para determinar las operaciones que deben ser protocolizadas, específicamente: “2. “Las transacciones notariadas son transacciones importantes que requieren un alto nivel de seguridad jurídica y están obligadas por ley a ser notariadas.”; Al mismo tiempo, se encarga al Gobierno dirigir la revisión de las transacciones notariales actualmente reguladas en las leyes, decretos y circulares vigentes para modificarlas y complementarlas según su autoridad y recomendar a las autoridades competentes modificarlas y complementarlas dentro de un año a partir de la fecha de vigencia de esta Ley, asegurando el cumplimiento de los criterios prescritos en la Ley de Notarización. El Ministerio de Justicia es responsable de revisar, actualizar y publicar las transacciones notariadas en el Portal de Información Electrónica del Ministerio.

“Esta opción garantiza la estabilidad de la Ley de Notarización porque no estipula específicamente los tipos de transacciones que deben ser notariadas, al mismo tiempo que controla estrictamente este tipo de transacciones porque deben cumplir con los criterios prescritos en la Ley de Notarización, asegurando la publicidad, la transparencia y la conveniencia en la aplicación de la ley”, dijo el Sr. Hoang Thanh Tung.

Escena de la reunión en la tarde del 25 de octubre. (Foto: DUY LINH)

Propuesta para complementar el modelo de notaría como empresa privada

Respecto al modelo organizativo de las notarías, el presidente de la Comisión de Derecho dijo que algunas opiniones coinciden con lo dispuesto en el proyecto de Ley presentado por el Gobierno sobre el modelo de notarías organizadas y funcionando en forma de sociedad anónima.

Algunas opiniones proponen regular la organización y el funcionamiento de las notarías en forma de sociedades y empresas privadas en todo el país o aplicarla a las notarías establecidas en zonas remotas, zonas con condiciones socioeconómicas particularmente difíciles, mientras que para otras zonas se debería aplicar únicamente la forma de sociedades. Se propone añadir normas para que las notarías se organicen en forma de sociedades de responsabilidad limitada.

La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional consideró que la actual Ley de Notaría y el proyecto de Ley no estipulan el modelo organizativo de una notaría como una sociedad de responsabilidad limitada o con socios aportando capital en una sociedad colectiva porque la notaría es un servicio público básico, una profesión de apoyo judicial, por lo que tiene sus propias características, y no incentiva el objetivo empresarial de solo obtener ganancias, sino que se centra en el ejercicio de la notaría por parte de los socios colectivos y el régimen de responsabilidad ilimitada de estos socios por las actividades de notaría que realizan.

Según el Sr. Hoang Thanh Tung, la mayoría de las opiniones del Comité Permanente de la Asamblea Nacional propusieron que, además de las notarías, éstas se organizaran según el modelo de asociación como en la Ley actual. En las zonas de nivel distrital con baja densidad de población, infraestructura y servicios subdesarrollados y dificultades para establecer oficinas de notarios en forma de sociedades de acuerdo con las regulaciones gubernamentales, las oficinas de notarios también se organizan y operan en forma de empresas privadas.

La ventaja de esta opción es ampliar las opciones de los notarios al momento de establecer una organización de práctica notarial, facilitando el desarrollo de notarías en zonas remotas porque este modelo solo requiere que 1 notario sea el propietario.

Sin embargo, este modelo tiene limitaciones, ya que cuando el notario único fallece o por otras razones personales no puede ejercer la notarización, no garantiza el funcionamiento continuo y estable de la organización notarial. La resolución de las consecuencias en materia de actas, transferencia de responsabilidades notariales... para las notarías bajo el modelo de empresas privadas disueltas será un problema importante para la gestión estatal.


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