La normativa sobre las vacaciones de verano para el personal escolar es actualmente un motivo de preocupación para los docentes. Ilustración: Van Trang
El Ministerio de Educación y Formación (MOET) acaba de emitir la Circular No. 05/2025/TT-BGDDT (en adelante Circular 05), vigente a partir del 22 de abril de 2025. Esta Circular prescribe el régimen de trabajo de los docentes de educación general y de los docentes de escuelas preparatorias universitarias.
La Circular 05 reemplaza oficialmente a la Circular No. 28/2009/TT-BGDDT del 21 de octubre de 2009; este documento se ha aplicado durante los últimos 16 años. Una de las novedades destacables de esta Circular es la adición de normas sobre el tiempo de vacaciones anuales de los directores y subdirectores de escuelas generales.
En consecuencia, los directores y subdirectores tendrán vacaciones de verano como los profesores, con un período de vacaciones organizado de manera flexible durante el año escolar y las vacaciones de verano. Sin embargo, para garantizar el funcionamiento estable de la escuela, el calendario de vacaciones del personal directivo debe informarse y acordarse con la agencia de gestión, para evitar la situación en que toda la junta directiva esté ausente al mismo tiempo.
Para los docentes, las vacaciones anuales de verano son de 2 meses, incluido el tiempo de licencia de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Trabajo de 2019. Durante este tiempo, los profesores siguen recibiendo el salario completo y las asignaciones (si las hubiera).
Según la última Circular del Ministerio de Educación y Formación, no existen regulaciones sobre las vacaciones de verano para el personal escolar. El personal escolar se identifica como funcionarios de carrera educativa, el régimen de trabajo se ajustará al horario administrativo y a las normas sobre tiempo de trabajo y descanso de acuerdo al Código del Trabajo.
En caso de necesidad de vacaciones de verano, el personal escolar deberá contar con el consentimiento del director y el tiempo de vacaciones deberá cumplir con lo dispuesto en los artículos 113 y 114 de este Código.
De acuerdo con las disposiciones del Código de Trabajo, los trabajadores que trabajen durante 12 meses para un empleador tendrán derecho a vacaciones anuales con goce de sueldo completo. Específicamente:
12 días hábiles para trabajos en condiciones normales
14 días para trabajadores menores de edad, trabajadores discapacitados o trabajadores en entornos arduos, tóxicos o peligrosos
16 días para personas que realicen trabajos u ocupaciones especialmente pesados, tóxicos o peligrosos.
Además, por cada 5 años de trabajo continuo, los empleados reciben 1 día adicional de vacaciones anuales.
En consecuencia, el personal escolar no tendrá largas vacaciones de verano como los docentes, pero sí dispondrá de vacaciones anuales según la legislación laboral vigente.
Según laodong.vn
Fuente: https://baothanhhoa.vn/quy-dinh-moi-ve-thoi-gian-nghi-he-cua-giao-vien-nhan-vien-truong-hoc-245939.htm
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