El presente Reglamento regula el funcionamiento del Comité Directivo para la implementación de los acuerdos de unidades administrativas a nivel de distrito y comuna para el período 2023 - 2030 (Comité Directivo) establecido mediante la Decisión No. 1268/QD-TTg del 28 de octubre de 2023 del Primer Ministro.

Principio de funcionamiento
De acuerdo al Reglamento, el Comité Directivo trabaja de manera colectiva, promoviendo la responsabilidad personal del Titular del Comité y la responsabilidad de los miembros a cargo de la industria y del rubro. Los miembros del Comité Directivo trabajarán a tiempo parcial, de conformidad con lo establecido en la ley y en lo dispuesto en este Reglamento.
Los miembros del Comité Directivo y del Órgano Permanente del Comité Directivo deben resolver de manera proactiva y ser responsables de las tareas dentro de su ámbito asignado.
Coordinar e intercambiar información en el manejo del trabajo según funciones, tareas y autoridades, asegurando oportunidad y eficiencia.
Los resultados de la ejecución de las tareas de los miembros del Comité Directivo se comunican de forma rápida y completa a los dirigentes del Comité Directivo y se envían al Organismo Permanente para su síntesis y seguimiento.
El Jefe de la Junta utiliza el sello del Primer Ministro; El Subdirector y los integrantes utilizan el sello del organismo donde laboran al llevar a cabo las actividades del Comité Directivo.
El Ministerio del Interior es el organismo permanente.
El Ministerio del Interior es el órgano permanente del Comité Directivo, responsable de asistir al Comité Directivo en la organización de la implementación de tareas sobre la ordenación de las unidades administrativas a nivel de distrito y comuna para el período 2023 - 2030; Presidir y coordinar con los organismos pertinentes para desarrollar el programa de trabajo anual del Comité Directivo; Sintetizar e informar sobre los resultados y avances de la implementación del ordenamiento de las unidades administrativas a nivel distrital y comunal en el período 2023 - 2030 para informar al Comité Directivo y servir en las reuniones del Comité Directivo; Se solicita a los organismos pertinentes que proporcionen información e informes para realizar la tarea de ayudar al Comité Directivo.
El Grupo de Trabajo del Comité Directivo es establecido por el Vicepresidente Permanente del Comité Directivo y el Ministro del Interior, y sus funciones y poderes están regulados.
El Comité Directivo se reúne de acuerdo con el plan del Comité Directivo y la dirección del Jefe del Comité; El Jefe y el Jefe Adjunto del Consejo presiden la reunión, deciden la hora de la reunión e invitan a los representantes de los organismos y unidades pertinentes (si los hubiera).
En caso de no celebrarse sesión, el Presidente del Directorio decidirá o autorizará al Vicepresidente para que notifique y recaba por escrito las opiniones de los miembros.
La conclusión del Jefe del Comité Directivo está expresada en el comunicado de la Oficina de Gobierno. La conclusión del Subdirector se expresa en una notificación escrita del organismo de trabajo.
Fuente
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