Se lanzan fuegos artificiales en días festivos y aniversarios.
De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 137/2020/ND-CP (modificado en la Cláusula 2, Artículo 3 del Decreto 56/2023/ND-CP), los casos de organización de espectáculos pirotécnicos incluyen:
(1) Año Nuevo Lunar
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- El momento del rodaje es durante la víspera del Año Nuevo Lunar.
(2) Aniversario de la muerte del Rey Hung
- La provincia de Phu Tho puede disparar fuegos artificiales a baja altura, con una duración no mayor a 15 minutos, en el área del Templo Hung;
- La hora del incendio es a las 9:00 p.m. del noveno día del tercer mes lunar.
(3) Día Nacional
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar disparos de fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- La hora de rodaje será a las 21:00 horas del día 2 de septiembre.
(4) Día de la Victoria de Dien Bien Phu
- La provincia de Dien Bien podrá disparar fuegos artificiales a baja altura, con una duración no mayor a 15 minutos, en el lugar ubicado en la ciudad de Dien Bien Phu;
- La hora de rodaje será a las 21:00 horas del día 7 de mayo.
(5) Día de la Victoria (30 de abril)
- En Hanoi y Ho Chi Minh se permite realizar disparos de fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no superior a 15 minutos;
- La hora de rodaje será a las 21:00 horas del día 30 de abril.
(6) Celebración del Día de la Liberación y el día de la fundación de las provincias y ciudades de gestión centralizada
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- El Día de la Liberación y el día de la fundación de las provincias y ciudades de gobierno central se realizarán fuegos artificiales a las 21.00 horas.
(7) Eventos culturales, turísticos y deportivos nacionales e internacionales.
(8) Los demás casos serán decididos por el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo previo acuerdo escrito con el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional.
Autoridad y procedimientos para permitir la explosión de fuegos artificiales
De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 137/2020/ND-CP (modificado en la Cláusula 3, Artículo 3 del Decreto 56/2023/ND-CP), la autoridad y los procedimientos para permitir los fuegos artificiales son los siguientes:
- Los casos de organización de espectáculos pirotécnicos previstos en los apartados (1), (2), (3), (4), (5) y (6) serán decididos por los Comités Populares de las provincias y de las ciudades de administración central según la situación real de la localidad y coordinados con el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo para organizar su ejecución de acuerdo con la reglamentación.
- En caso de organizar espectáculos pirotécnicos de acuerdo a lo dispuesto en los incisos (7), (8) y en los casos de modificación del alcance y duración del espectáculo pirotécnico, el Ministro de Cultura, Deportes y Turismo decidirá previo acuerdo escrito con el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional.
Las provincias y ciudades de administración central que necesiten organizar espectáculos pirotécnicos según lo dispuesto en los apartados (7) y (8) o que deseen modificar el alcance y la duración del espectáculo, deberán presentar una solicitud por escrito al Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo con 30 días de antelación a la fecha prevista del espectáculo. El documento deberá indicar claramente la cantidad, el alcance, el número de ubicaciones, la hora, la duración y la ubicación prevista del espectáculo.
Dentro de los 05 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional deberán responder por escrito para que el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo sintetice y resuelva.
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