Se lanzan fuegos artificiales en días festivos y aniversarios.
De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 137/2020/ND-CP (modificado en la Cláusula 2, Artículo 3 del Decreto 56/2023/ND-CP), los casos de organización de espectáculos pirotécnicos incluyen:
(1) Año Nuevo Lunar
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- El momento del rodaje es durante la víspera del Año Nuevo Lunar.
(2) Aniversario de la muerte del Rey Hung
- La provincia de Phu Tho puede disparar fuegos artificiales a baja altura, con una duración no mayor a 15 minutos, en el área del Templo Hung;
- A las 21:00 horas se realizarán los fuegos artificiales. el noveno día del tercer mes lunar.
(3) Día Nacional
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- La hora de rodaje es a las 21:00 horas. el 2 de septiembre.
(4) Día de la Victoria de Dien Bien Phu
- La provincia de Dien Bien podrá disparar fuegos artificiales a baja altura, con una duración no mayor a 15 minutos, en el lugar ubicado en la ciudad de Dien Bien Phu;
- La hora de rodaje es a las 21:00 horas. el 7 de mayo.
(5) Día de la Victoria (30 de abril)
- En Hanoi y Ho Chi Minh se permite realizar disparos de fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no superior a 15 minutos;
- La hora de rodaje es a las 21:00 horas. el 30 de abril.
(6) Celebración del Día de la Liberación y el día de la fundación de las provincias y ciudades de gestión centralizada
- Las ciudades administradas centralmente y la provincia de Thua Thien Hue podrán realizar fuegos artificiales a gran y baja altitud, con una duración no mayor a 15 minutos; En las demás provincias se permite realizar disparos de fuegos artificiales a baja altura, con una duración no superior a 15 minutos;
- A las 21:00 horas se realizarán los fuegos artificiales. en el Día de la Liberación y el día de la fundación de las provincias y ciudades de gobierno central.
(7) Eventos culturales, turísticos y deportivos nacionales e internacionales.
(8) Los demás casos serán decididos por el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo previo acuerdo escrito con el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional.
Autoridad y procedimientos para permitir la explosión de fuegos artificiales
De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 137/2020/ND-CP (modificado en la Cláusula 3, Artículo 3 del Decreto 56/2023/ND-CP), la autoridad y los procedimientos para permitir los fuegos artificiales son los siguientes:
- Los casos de organización de espectáculos pirotécnicos previstos en los apartados (1), (2), (3), (4), (5) y (6) serán decididos por los Comités Populares de las provincias y de las ciudades de administración central según la situación real de la localidad y coordinados con el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo para organizar su ejecución de acuerdo con la reglamentación.
- En caso de organizar espectáculos pirotécnicos de acuerdo a lo dispuesto en los incisos (7), (8) y en los casos de modificación del alcance y duración del espectáculo pirotécnico, el Ministro de Cultura, Deportes y Turismo decidirá previo acuerdo escrito con el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional.
- Las provincias y ciudades de administración central que necesiten organizar espectáculos de fuegos artificiales según lo prescrito en los apartados (7) y (8) o quieran cambiar el alcance y la duración del espectáculo deben presentar una solicitud por escrito al Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo 30 días antes de la fecha prevista del espectáculo de fuegos artificiales. El contenido del documento deberá indicar claramente la cantidad, alcance, número de localidades, hora, duración y lugar previsto de realización del espectáculo pirotécnico.
Dentro de los 05 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional deberán responder por escrito para que el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo sintetice y resuelva.
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