El Gobierno emitió el Decreto 69/2024/ND-CP de fecha 25 de junio de 2024, estipulando que las cuentas VNeID tienen el mismo valor que las tarjetas de identidad impresas. El presente Decreto entra en vigor a partir de hoy, 1 de julio de 2024.
La cuenta VNeID tiene el mismo valor que una tarjeta de identificación impresa.
De conformidad con la Cláusula 6, Artículo 9 del Decreto 69/2024/ND-CP sobre el uso de cuentas de identificación electrónica y otras cuentas de transacciones electrónicas creadas por agencias, organizaciones e individuos de la siguiente manera:
La información sobre la identidad electrónica y la información integrada en las tarjetas de identificación electrónica y en las cuentas de identificación electrónica tienen valor probatorio, equivalente al de proporcionar información o utilizar y presentar papeles y documentos que contengan dicha información en la realización de trámites administrativos, servicios públicos, transacciones y otras actividades.
Así, de acuerdo con la normativa antes mencionada, la cuenta de identificación electrónica en VNeID tendrá el mismo valor probatorio que el nuevo documento de identidad, así como otros tipos de documentos integrados a partir del 1 de julio de 2024, cuando entre en vigor oficialmente el Decreto 69/2024/ND-CP.
Además, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Identificación de 2023, a partir del 1 de julio de 2024 se concederá a las personas una identificación electrónica en VNeID para utilizar numerosos servicios públicos, realizar transacciones y otras actividades según sus necesidades.
Procedimientos para otorgar cuentas de identificación electrónica a ciudadanos vietnamitas
- Cuenta de identificación electrónica de nivel 01
+ Los ciudadanos que utilizan dispositivos digitales descargan e instalan la Aplicación de Identificación Nacional;
+ Los ciudadanos utilizan la Solicitud de Identificación Nacional para ingresar información sobre el número de identificación personal, el número de teléfono móvil registrado y la dirección de correo electrónico del ciudadano (si la tiene); Declarar la información de acuerdo a las instrucciones de la Solicitud de Identificación Nacional; Recopilar imágenes faciales a través de dispositivos digitales y enviar solicitudes de cuentas de identificación electrónica a la agencia de gestión de autenticación e identificación electrónica;
+ El organismo de gestión de identificación y autenticación electrónica verificará y autenticará la información de los ciudadanos que soliciten una cuenta de identificación electrónica y notificará los resultados del registro de la cuenta a través de la Solicitud de Identificación Nacional o a través del número de teléfono móvil o dirección de correo electrónico del titular;
+ Los representantes y tutores utilizan su propio número de teléfono móvil y cuenta de identificación electrónica de nivel 02 para declarar y registrarse en la cuenta de identificación electrónica de nivel 01 para personas menores de 14 años, tutelados y representantes a través de la Solicitud de Identificación Nacional.
- Emisión de cuenta de identificación electrónica de nivel 02
+ Los ciudadanos acuden a la comisaría de policía de la comuna, barrio o localidad o al organismo de gestión de identidad independientemente de su lugar de residencia, presentan su cédula de identidad ciudadana, documento de identidad vigente y realizan el trámite para emitir una cuenta de identificación electrónica nivel 02;
+ Los ciudadanos proporcionan información completa y precisa en la Solicitud de cuenta de identificación electrónica de acuerdo con el formulario TK01 emitido con el Decreto 69/2024/ND-CP; proporcionar claramente al funcionario receptor el número de teléfono móvil, la dirección de correo electrónico del ciudadano (si la tiene) y otra información solicitada para ser integrada en la identificación electrónica (si es necesario);
+ El funcionario receptor ingresa los datos del ciudadano al sistema electrónico de identificación y autenticación para su verificación; Verificar el rostro y las huellas dactilares de los ciudadanos que acudan a realizar trámites con la Base de Datos de Identidad;
+ El organismo de gestión de identificación y autenticación electrónica verificará y autenticará la información de los ciudadanos que soliciten una cuenta de identificación electrónica de nivel 02 y notificará los resultados del registro para una cuenta de identificación electrónica de nivel 02 a través de la aplicación de identificación nacional o el número de teléfono móvil o la dirección de correo electrónico del titular;
+ Las personas menores de 14 años, las personas bajo tutela, las personas bajo representación, junto con sus representantes o tutores, acuden a la comisaría de policía de la comuna, barrio, localidad o lugar donde se realicen los trámites de emisión de la cédula de identidad para realizar los trámites de emisión de una cuenta de identificación electrónica nivel 02;
Los representantes y tutores utilizan sus propios números de teléfono móvil para declarar y registrar cuentas de identificación electrónica de nivel 02 para ciudadanos vietnamitas menores de 14 años, tutelados y representantes.
- En caso de que a un ciudadano no se le haya expedido una tarjeta de identificación ciudadana o documento de identidad, la solicitud de una cuenta de identificación electrónica debe realizarse al mismo tiempo que el procedimiento de emisión de una tarjeta de identificación y debe seguir los procedimientos prescritos en la Cláusula 1 y la Cláusula 2, Artículo 10 del Decreto 69/2024/ND-CP.
(Artículo 10 del Decreto 69/2024/ND-CP)
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Fuente: https://baoquocte.vn/hom-nay-17-tai-khoan-vneid-co-gia-tri-tuong-duong-voi-the-can-cuoc-ban-cung-276849.html
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