La Ley de Geología y Minerales No. 54/2024/QH15 fue emitida sobre la base de heredar las disposiciones de la Ley de Minerales en el contexto de una explotación mineral cada vez más difícil, especialmente en proyectos profundos con geología compleja. Los peligros de deslizamientos de riberas de explotación, derrumbes de túneles, incendios y explosiones en minas y fugas de agua en minas son cada vez más evidentes, lo que genera la necesidad de garantizar la seguridad en la explotación minera frente a más dificultades y mayores desafíos. En particular, la actual Ley de Minerales sólo regula la seguridad e higiene en el trabajo en la explotación de minerales. En general, la normativa en materia de seguridad aún no es completa ni clara, remitiéndose únicamente a lo dispuesto en la Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Ley N° 84/2015/QH13). Por tanto, en las etapas de exploración, explotación, procesamiento, transporte y utilización de minerales, las normas técnicas de seguridad antes señaladas no han sido reguladas específicamente en ninguna ley. Esta es también una de las razones por las que hoy en día siguen produciéndose y tienden a aumentar incidentes y accidentes laborales en las actividades mineras. Esto es una insuficiencia práctica.
El viceministro de Industria y Comercio, Truong Thanh Hoai, inspecciona las condiciones de seguridad en las actividades de explotación y procesamiento de minerales (fuente: https://moit.gov.vn)
Mejorar la eficacia de la gestión de la seguridad técnica en la explotación minera, manteniéndose al día con las prácticas de desarrollo.
Frente a algunas de las deficiencias antes señaladas, la Ley de Geología y Minerales de 29 de noviembre de 2024 ha complementado la normativa sobre técnicas de seguridad en la explotación de minerales, detallando específicamente en su artículo 60 lo siguiente:
1. Las organizaciones e individuos que explotan minerales, así como quienes trabajan en minas de minerales, deben cumplir cabalmente con las normas de seguridad, higiene y técnicas de seguridad que prescriben esta Ley, las leyes de seguridad e higiene en el trabajo y demás disposiciones legales pertinentes.
2. Salvo el caso previsto en el inciso 4 del artículo 62 de esta Ley, las organizaciones y personas que exploten minerales deberán garantizar los siguientes requisitos técnicos de seguridad:
a) El personal de gestión y operación de la producción deberá cumplir con los requisitos profesionales y estar capacitado en técnicas de seguridad en la explotación minera;
b) El sistema de equipos y medios utilizados en la explotación minera deberá ser adecuado a las condiciones geológicas del área de explotación minera. En el caso de minería subterránea, los equipos y sistemas del vehículo también deben garantizar la seguridad de acuerdo al nivel de peligrosidad ocasionado por gases inflamables y explosivos;
c) Elaborar y aprobar un plan de gestión de riesgos y presentarlo al organismo estatal de gestión competente. En caso de minería subterránea, se deberá elaborar un plan de gestión de riesgos y presentarlo al Ministerio de Industria y Comercio para su aprobación de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3 de este artículo;
d) Contar con un equipo de respuesta a emergencias semiprofesional para ejecutar medidas de respuesta a emergencias en el sitio.
3. El plazo para la aprobación del plan de gestión de riesgos para proyectos de inversión en explotación minera mediante métodos de minería subterránea se estipula de la siguiente manera:
a) Para nuevos proyectos de inversión minera, el plan de gestión de riesgos deberá ser aprobado antes de la construcción y antes de la puesta en operación de la mina;
b) Para los proyectos de inversión minera en fase de construcción básica de la mina, el plan de gestión de riesgos deberá ser aprobado antes de la puesta en operación del proyecto;
c) Para los proyectos de inversión que se hayan puesto en operación antes de la entrada en vigencia de esta Ley, el plan de gestión de riesgos deberá ser aprobado dentro de los 24 meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ley...
8. El Ministro de Industria y Comercio detallará el punto c), apartado 2 y apartado 3 del presente artículo.
9. El Gobierno detallará los puntos a), b), d), apartado 2 y apartado 7 del presente artículo.”.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 60, el Ministerio de Industria y Comercio ha elaborado una Circular que regula el establecimiento y aprobación de planes de gestión de riesgos en la explotación minera. Actualmente el proyecto de Circular está siendo ampliamente consultado. El Proyecto de Circular consta de 03 capítulos y 02 anexos, en el cual el contenido principal del capítulo 1 estipula que los sujetos de aplicación son los organismos, personas y organismos estatales relacionados con el establecimiento y aprobación de planes de riesgo en la explotación de minerales del Grupo I por métodos a cielo abierto; Minerales del Grupo II, Grupo III, Grupo IV por método de cielo abierto utilizando explosivos industriales; Minería por método subterráneo para identificar claramente a quienes tienen alto riesgo de pérdida de seguridad ocupacional en la minería (no todas las empresas mineras) deben establecer, aprobar e implementar un plan de gestión de riesgos.
El contenido principal del Capítulo 2 estipula las responsabilidades de las empresas de explotación minera, el contenido de los planes de gestión de riesgos, así como la autoridad para recibir, el orden, el tiempo para la evaluación y la aprobación de los planes de gestión de riesgos para dos tipos de métodos de minería: a cielo abierto y subterránea. En consecuencia, se continúa definiendo más claramente los sujetos de explotación mineral por el método a cielo abierto que tienen derecho a elaborar y aprobar de forma independiente planes de gestión de riesgos de acuerdo con el contenido prescrito y son responsables de implementar el plan aprobado, mientras que los sujetos de explotación mineral por el método subterráneo (de hecho, con mayores riesgos) deben someterse al Ministerio de Industria y Comercio para su aprobación con el fin de mejorar aún más el nivel de control de seguridad en la minería subterránea. Los organismos de gestión estatal a nivel central y local también tienen un mejor conocimiento de las áreas mineras subterráneas, pudiendo así dar rápidamente instrucciones para resolver incidentes en situaciones de emergencia que puedan ocurrir.
El contenido principal del Capítulo 3 estipula las responsabilidades de las empresas y agencias de gestión estatal sobre la seguridad técnica en la explotación minera en la preparación, evaluación, aprobación, recepción, inspección... de este plan y, al mismo tiempo, ha omitido las responsabilidades de las empresas antes mencionadas en el cumplimiento de los contenidos de la gestión de la seguridad en el sector industrial y comercial estipulados en la Circular No. 43/2010/TT-BCT del 31 de diciembre de 2010 del Ministro de Industria y Comercio. De esta forma, se espera que la Circular emitida contribuya a la innovación, a la concientización y a la facilitación de negocios en la explotación de minerales. Una normativa clara y transparente contribuirá a establecer un mecanismo voluntario para implementar el contenido del plan de gestión de riesgos, así como a perfeccionar el sistema de documentos legales.
Además, la organización e implementación de la política en el proyecto de Circular mencionado fomentará el desarrollo de las actividades minerales y la industria minera, contribuyendo a la implementación seria y efectiva de las orientaciones y direcciones del Gobierno Central en el espíritu de la Resolución No. 10/NQ-TW de fecha 10 de febrero de 2022 del Politburó sobre la Estrategia para la Geología, los Minerales y la Industria Minera hasta 2030, con una visión hasta 2045. Además, también contribuye a mejorar la capacidad de los funcionarios estatales en la gestión técnica de la seguridad en la explotación minera a nivel central y local.
Fuente: https://moit.gov.vn/tin-tuc/hoat-dong/hoat-dong-cua-cac-don-vi/hoan-thien-quy-dinh-phap-luat-nham-day-manh-hieu-qua-quan-ly-nha-naoc-ve-ky-thuat-an-toan-trong-khai-thac-khoang-san.html
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