Los días 30 y 31 de enero, muchos contribuyentes denunciaron que el sistema de declaración electrónica de impuestos del sector tributario se encontraba inaccesible, lo que imposibilitaba la declaración y el pago de impuestos.
En un comunicado emitido recientemente, el Departamento General de Tributación dijo: Debido a problemas técnicos, a partir del 30 de enero de 2024, el portal de información electrónica del Departamento General de Tributación se ha sobrecargado, lo que dificulta que los contribuyentes accedan al sistema para presentar declaraciones de impuestos y pagar impuestos electrónicamente. La autoridad fiscal está tramitándolo y lo solucionará lo antes posible y notificará.
Sin embargo, muchos contribuyentes aún se preguntan: “En caso de que el sistema no declare y pague los impuestos los días 30 y 31, ¿se prorrogarán esos documentos no presentados y no habrá multas?”.
En declaraciones a la prensa de VietNamNet, un representante del Departamento General de Impuestos declaró: El artículo 44, cláusula 7, de la Ley de Administración Tributaria n.º 38/2019/QH19 estipula el plazo para la presentación de declaraciones de impuestos de la siguiente manera: “7. En caso de que un contribuyente declare impuestos mediante transacciones electrónicas el último día del plazo para la presentación de declaraciones, pero el portal de información electrónica de la autoridad tributaria presente un problema, deberá presentar las declaraciones y los documentos de pago electrónico de impuestos al día siguiente de la reanudación del funcionamiento del portal de información electrónica de la autoridad tributaria”.
El artículo 9, cláusula 1, del Decreto 125/2020/ND-CP del Gobierno estipula los casos en que las infracciones administrativas relacionadas con impuestos y facturas no están sujetas a sanciones: "1. Las infracciones administrativas relacionadas con impuestos y facturas no estarán sujetas a sanciones en los casos en que no lo estén de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Gestión de Infracciones Administrativas. Los contribuyentes que se retrasen en la tramitación electrónica de sus trámites tributarios y facturas debido a problemas técnicos del sistema informático notificados en el Portal Electrónico de Información de la autoridad tributaria estarán sujetos a las infracciones por causas de fuerza mayor especificadas en el artículo 11, cláusula 4, de la Ley de Gestión de Infracciones Administrativas...".
La Sra. Pham Thi Minh Hien, subdirectora del Departamento de Políticas (Dirección General de Impuestos), afirmó: "Debido a que se trata de un problema técnico de la autoridad tributaria, los contribuyentes pueden pagar con retraso sin ser multados".
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