El Sistema de Control de Importaciones 2 (ICS2), el nuevo sistema de seguridad aduanera previa a la llegada de la Unión Europea, introducirá nuevos procedimientos para la importación de mercancías por mar, vías navegables interiores, carretera y ferrocarril en la UE a partir del 3 de junio.
Guía ICS 2.
Esta es la tercera fase o fase de implementación del nuevo sistema para ampliar los requisitos de presentación de informes de datos de seguridad a todos los modos de transporte. Ya existen requisitos similares para las operaciones de carga aérea.
Con esta tercera versión, los transportistas marítimos, fluviales, por carretera y ferroviarios también tendrán que facilitar datos sobre las mercancías enviadas a la UE o a través de ella antes de su llegada, mediante una Declaración de Importación (ENS).
Esta obligación también se aplica a los transportistas postales y de mensajería que utilizan estos modos de transporte para transportar mercancías, así como a otras partes pertinentes, como los proveedores de servicios logísticos. En determinados casos, el destinatario final establecido en la UE también debe enviar datos ENS al ICS2.
Las partes en la transacción deben prepararse con anticipación para el Tercer Lanzamiento a fin de evitar demoras e incumplimientos. Las empresas afectadas deben garantizar la recopilación de datos precisos y completos de los clientes, actualizar los sistemas de TI y los procedimientos operativos y brindar capacitación adecuada a los empleados. A partir del 11 de diciembre de 2023, las partes comerciales deberán completar una verificación de autocumplimiento antes de conectarse a ICS2, para verificar su capacidad de acceder e intercambiar información con las autoridades aduaneras.
Previa solicitud, los Estados miembros de la UE concederán a las partes comerciales afectadas permiso para conectarse gradualmente al ICS2 durante un período de implementación limitado. Los Estados miembros podrán conceder plazos de aplicación en cualquier momento dentro de los siguientes plazos: del 3 de junio al 4 de diciembre (transportistas marítimos y fluviales); del 4 de diciembre al 1 de abril de 2025 (solicitante secundario para el transporte marítimo y fluvial); y del 1 de abril de 2025 al 1 de septiembre de 2025 (transportistas por carretera y ferrocarril). Si las partes comerciales no están preparadas y no proporcionan los datos requeridos por el ICS2, sus mercancías serán detenidas en la frontera de la UE y no serán despachadas por la aduana.
Las empresas deben prestar atención a las nuevas regulaciones ICS2 al exportar mercancías a la UE a partir de 2024. (Foto: Reuters)
La UE es un actor importante en el comercio internacional y representa alrededor del 14% del comercio mundial de mercancías. Al recopilar datos sobre seguridad y protección, las autoridades aduaneras de la UE pueden detectar riesgos con mayor antelación e intervenir en el punto más adecuado de la cadena de suministro para garantizar un comercio seguro para la UE y sus ciudadanos.
El ICS2 simplificará el proceso de traslado de mercancías entre las autoridades aduaneras en el primer punto de entrada y el destino final en la UE. Al mismo tiempo, en lugar de 27 puntos de acceso en los países, ICS2 proporcionará un único punto de acceso para comunicarse con todas las autoridades aduaneras de los estados miembros de la UE para todas las operaciones de la UE.
Para las partes comerciales, el ICS2 también agilizará los requisitos aduaneros en materia de información adicional y control de riesgos antes de la salida de la carga, reduciendo así la carga administrativa de las empresas.
Detalles de ICS2
La Comisión Europea ha estado trabajando estrechamente con las autoridades aduaneras y las empresas de los Estados miembros para preparar el ICS2. El sistema se está implementando en tres versiones y reemplazará gradualmente el sistema de control de importaciones existente.
Con la Versión 1, vigente a partir del 15 de marzo de 2021, los envíos postales y exprés hacia o a través de la UE por vía aérea están sujetos al subreglamento de Declaración de Importación (también conocido como Información de Carga Previa a la Carga - PLACI) antes de cargarlos en un avión con destino a la UE.
Con la versión 2 del ICS2, a partir del 01/03/2023, los envíos aéreos regulares también están sujetos a la documentación PLACI y al conjunto completo de datos de la Declaración de Importación (ENS) antes de la llegada.
La versión 3 es la tercera fase y cubrirá los modos de transporte marítimo y fluvial, ferroviario y por carretera, a partir del 3 de junio de 2024. Las partes comerciales afectadas deberán prepararse para la ICS2 dentro de un período de implementación limitado.
De manera similar a la segunda versión, las partes comerciales deben presentar datos ENS completos en una sola solicitud, si la parte que presenta y es responsable de introducir las mercancías en el territorio aduanero de la UE tiene todos los datos necesarios disponibles. Además, las partes comerciales pueden crear múltiples perfiles, incluido más de un perfil ENS enviado por diferentes partes en la cadena de suministro.
En caso de presentar múltiples solicitudes, cada unidad solicitante es responsable de garantizar la presentación oportuna, precisa y completa de los documentos.
Hay más información sobre ICS2 y Release 3 disponible en el sitio web de la Comisión Europea. La hoja informativa proporciona pasos a seguir para los transportistas marítimos y fluviales que buscan prepararse para el ICS2.
Vi Minh
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