Los datos sobre instalaciones, distribución e inventarios de petróleo de las empresas deben estar vinculados al Ministerio de Industria y Comercio.

Implementando la directiva del Gobierno, el Ministerio de Industria y Comercio ha desarrollado y presentado al Gobierno un proyecto de un nuevo Decreto sobre comercio de petróleo, que reemplaza el Decreto No. 83/2014/ND-CP del 3 de septiembre de 2014 del Gobierno sobre comercio de petróleo y decretos que modifican y complementan el Decreto No. 83/2014/ND-CP. La Oficina del Gobierno ha organizado una sesión de consulta sobre este proyecto de decreto con miembros del Gobierno.

El proyecto de Circular que detalla una serie de artículos del nuevo decreto sobre comercio de petróleo también está siendo consultado por el Ministerio de Industria y Comercio, compuesto por 5 capítulos y 23 artículos.

Uno de los contenidos destacables del proyecto es la regulación sobre la conexión de datos del negocio petrolero. En concreto, los principales comercializadores de petróleo conectan los datos del negocio petrolero (datos sobre las instalaciones que sirven al negocio petrolero, datos sobre el sistema de distribución de petróleo, datos sobre la importación, exportación e inventario de petróleo) con el Ministerio de Industria y Comercio, de forma compatible con el programa electrónico prescrito por el Ministerio de Industria y Comercio.

Con base en los registros y documentos sobre la implementación de la conexión de datos de negocios petroleros proporcionados por el comerciante, el Departamento de Mercado Interno transferirá los registros y documentos sobre la implementación de la conexión de datos de negocios petroleros del comerciante al Departamento de Comercio Electrónico y Economía Digital. El Departamento de Comercio Electrónico y Economía Digital evalúa y envía un aviso confirmando la finalización/incompletitud de la conexión de los datos del negocio petrolero de los comerciantes con el Ministerio de Industria y Comercio al Departamento de Mercado Interno.

Además, el proyecto de Circular estipula los contratos de agencia minorista de petróleo, los contratos de franquicia minorista de petróleo y los contratos de compra y venta de petróleo.

En concreto, el contrato deberá realizarse por escrito, además de los acuerdos de ambas partes, con los contenidos principales tales como: nombre, domicilio, código fiscal del entregante y del receptor, del franquiciador y del franquiciado minorista de petróleo, del vendedor y del comprador de petróleo según la forma del contrato; cantidad, calidad, tipo de gasolina; método de entrega; Honorarios de agente, honorarios de franquicia minorista de gasolina, precios de compra y venta de gasolina según modalidad de contrato.

Además, el proyecto de Circular también determina y anuncia los precios mundiales del petróleo.

En consecuencia, el precio mundial de los productos petrolíferos es el precio de los productos petrolíferos terminados comercializados en el mercado internacional, compilado por una o varias agencias de noticias acreditadas.

El Ministerio de Industria y Comercio determina que los productos petrolíferos para los cuales el Estado anuncia los precios mundiales del petróleo para aplicar en la fórmula de precios del petróleo son la gasolina sin plomo (100% de origen fósil) y el gasóleo que se consumen habitualmente en el mercado.

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El Ministerio de Industria y Comercio acaba de emitir un proyecto de Circular que detalla una serie de artículos del nuevo decreto sobre el comercio del petróleo. Foto: Chi Hung

Para la exportación de petróleo y materias primas, los comerciantes mayoristas de petróleo y los productores de petróleo están autorizados a exportar petróleo y materias primas de acuerdo con el plan registrado en el Ministerio de Industria y Comercio.

El Ministerio de Industria y Comercio considera las solicitudes de los comerciantes para exportar petróleo con base en el equilibrio entre la oferta y la demanda del consumo interno, para garantizar que las exportaciones no afecten la oferta y la demanda de petróleo en el mercado interno.

"Sólo los comerciantes con un certificado de elegibilidad para actuar como mayoristas de petróleo están autorizados a importar, reexportar y transitar temporalmente petróleo y materias primas", afirma el borrador.

El Ministerio de Industria y Comercio no anuncia los precios mundiales

Además, el proyecto de Circular también estipula los principios para desarrollar y ajustar los elementos constitutivos de la fórmula de precios de la gasolina.

En consecuencia, los elementos constitutivos de la fórmula del precio de la gasolina se construyen con base en las regulaciones legales pertinentes actuales, los resultados de la síntesis de datos de los principales comerciantes de gasolina, productores de gasolina y la situación real de las actividades comerciales de la gasolina en cada período.

Los costos estándar en el precio de venta de la gasolina son los costos totales máximos revisados, evaluados y construidos con base en fuentes de datos de acuerdo a lo establecido en el nuevo decreto sobre comercialización de gasolina.

En el caso de los productos derivados del petróleo, el Ministerio de Industria y Comercio no publica los precios mundiales. Los comerciantes basan su determinación en la fórmula de cálculo de los costos que componen el precio del petróleo que figura en el nuevo decreto sobre el comercio del petróleo y en esta circular.

Después de ajustar el precio de venta de la gasolina, el comerciante principal de gasolina debe anunciar los precios mayoristas y minoristas de la gasolina en el sistema de distribución y notificar al Ministerio de Industria y Comercio, al Comité Popular provincial, al Departamento de Industria y Comercio y al organismo de gestión del mercado donde el comerciante tiene un sistema de distribución.

Después de ajustar el precio de venta de la gasolina, los distribuidores de petróleo deben anunciar los precios mayoristas y minoristas de la gasolina en el sistema de distribución y notificar al Comité Popular provincial, al Departamento de Industria y Comercio y al organismo de gestión del mercado donde el comerciante tiene un sistema de distribución.

Para estabilizar los precios de la gasolina, con base en la política de estabilización de precios del Gobierno, el Ministerio de Industria y Comercio presidirá la implementación y orientará a los Comités Populares provinciales para implementar uno o varios métodos para determinar las causas de las fluctuaciones de precios de acuerdo con las disposiciones del Decreto No. 85/2024/ND-CP que detalla una serie de artículos de la Ley de Precios y enmiendas, complementos y reemplazos (si los hubiera).

En caso de que la autoridad competente declare un estado de emergencia, incidente, desastre, catástrofe natural, epidemia y el precio de mercado de los productos petrolíferos fluctúe anormalmente, el Ministerio de Industria y Comercio presidirá y coordinará con el Ministerio de Finanzas y los ministerios y ramas pertinentes para organizar la estabilización de precios de acuerdo con las regulaciones.