El 18 de febrero, con el 96,86% de los delegados de la Asamblea Nacional presentes y de acuerdo, la Asamblea Nacional votó para aprobar la Ley de Organización del Gobierno (enmendada).
Respecto a la estructura organizativa y los miembros del Gobierno, la Ley estipula: El Gobierno está integrado por el Primer Ministro, los Viceprimeros Ministros, los Ministros y los Jefes de los organismos de nivel ministerial. El número de miembros del Gobierno lo decide el Primer Ministro y lo somete a la decisión de la Asamblea Nacional. La estructura organizativa del Gobierno incluye ministerios y organismos de nivel ministerial. La creación y supresión de ministerios y organismos de nivel ministerial son decididas por el Gobierno y sometidas a la consideración de la Asamblea Nacional. El mandato del Gobierno sigue al mandato de la Asamblea Nacional. Cuando expira el mandato de la Asamblea Nacional, el Gobierno continúa ejerciendo sus funciones hasta que la nueva Asamblea Nacional forme Gobierno.
Principios de organización y funcionamiento del Gobierno, La Ley estipula, organiza un aparato de gestión administrativa multisectorial, multidisciplinario, ágil, eficaz y eficiente; Garantizar el principio de que los organismos subordinados se sometan al liderazgo, dirección y cumplan estrictamente las decisiones de los organismos superiores. Definir claramente las tareas, poderes y responsabilidades entre el Gobierno, el Primer Ministro y los Ministros, los jefes de los organismos de nivel ministerial y las funciones y el alcance de la gestión entre los Ministerios y los organismos de nivel ministerial; Garantizar el principio de liderazgo colectivo, la responsabilidad individual y promover la responsabilidad personal del líder.
Además, la descentralización y la delegación razonable entre el Gobierno y las autoridades locales garantizan la gestión unificada del Gobierno y promueven la iniciativa, la creatividad y la autorresponsabilidad de las autoridades locales. La descentralización y delegación de poderes deben garantizar claridad en los temas, contenidos, alcance de las tareas, atribuciones, publicidad, transparencia, rendición de cuentas, supervisión, inspección, fiscalización y control del poder conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes.
La Ley también estipula: La descentralización es la regulación por parte de la Asamblea Nacional de las tareas y poderes de los organismos, organizaciones e individuos en leyes y resoluciones, asegurando el cumplimiento de los principios de descentralización de la autoridad prescritos en esta Ley, la Ley de Organización de la Asamblea Nacional, la Ley de Organización del Gobierno Local y otras leyes pertinentes. La determinación de las tareas y poderes del Gobierno y del Primer Ministro y la división de tareas y poderes entre los organismos de la administración estatal central y las autoridades locales deben ser consistentes con los principios de división de autoridad, tareas y poderes del Gobierno, el Primer Ministro, los Ministros y los Jefes de los organismos de nivel ministerial prescritos en esta Ley y las condiciones, características, recursos y capacidades de las localidades; Garantizar la iniciativa y autonomía de las autoridades locales en la toma de decisiones, la organización de su ejecución y la asunción de responsabilidades y competencias descentralizadas.
Además, los organismos estatales centrales son responsables de orientar, coordinar y cooperar con las autoridades locales en tareas y poderes descentralizados. Las autoridades locales coordinan proactivamente los vínculos regionales e interregionales en el desarrollo socioeconómico dentro de su ámbito descentralizado.
En materia de descentralización, la Ley establece: La descentralización en el sistema de organismos estatales es cuando un organismo o persona competente encarga a otro organismo, organización o individuo el desempeño continuo y regular de una o varias tareas y poderes que le han sido asignados de acuerdo con las disposiciones de la ley con condiciones que aseguren el desempeño de tales tareas y poderes de acuerdo con el principio de que el organismo, organización o individuo descentralizado es plenamente responsable de los resultados del desempeño de las tareas y poderes descentralizados. La descentralización debe estar estipulada en los documentos legales del organismo o persona con autoridad para la descentralización.
El Gobierno y el Primer Ministro descentralizarán a los Ministros y Jefes de organismos de nivel ministerial como jefes de ministerios, organismos de nivel ministerial, jefes de organismos gubernamentales, Consejos Populares, Comités Populares y Presidentes de Comités Populares, excepto en los casos en que la ley estipule que la descentralización no está permitida.
Los ministros y los jefes de los organismos de nivel ministerial delegarán autoridad en el Consejo Popular, el Comité Popular, el Presidente del Comité Popular, las organizaciones y unidades dependientes del Ministerio o del organismo de nivel ministerial, excepto en los casos en que la ley estipule que no se permite la delegación.
Junto con ello, respecto a la autorización, la Ley estipula: La autorización en el sistema de organismos estatales es el acto de un organismo, organización o persona competente que asigna a otro organismo, organización o individuo para que realice dentro de un período de tiempo específico una o varias tareas y poderes que le fueron asignados de acuerdo con las disposiciones de la ley, de acuerdo con el principio de que el organismo, organización o persona que autoriza es responsable de los resultados del desempeño de las tareas y poderes delegados. La autorización deberá ser expresada por escrito por la agencia, organización o persona que la autorice.
El Primer Ministro está autorizado a delegar autoridad a los Ministros, Jefes de organismos de nivel ministerial, Jefes de organismos gubernamentales, Comités Populares de provincias y ciudades de administración central (en adelante denominados de nivel provincial), y Presidentes de Comités Populares provinciales; Los ministros y los jefes de organismos de nivel ministerial están autorizados a delegar autoridad en los comités populares provinciales y en los presidentes de los comités populares provinciales, excepto en los casos en que la ley estipule que no se permite la descentralización o la delegación.
La autorización debe garantizar las siguientes condiciones: La autorización debe ser coherente con la capacidad, habilidad para realizar tareas y poderes de la agencia o persona autorizada. La persona autorizada es responsable de supervisar, orientar e inspeccionar la ejecución de las tareas y poderes delegados; ser responsable ante la ley de la legalidad de la autorización; ser responsable de los resultados del cumplimiento de las funciones y atribuciones que delegue, salvo en los casos en que el órgano o persona autorizada no actúe conforme al contenido, alcance y plazo de la autorización señalados en el inciso 5 de este artículo. En caso de que la autorización conlleve la necesidad de cambiar el orden, los procedimientos y la autoridad para ejecutar las tareas y facultades autorizadas, se deberá implementar de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 6 del Artículo 8 de esta Ley.
Inmediatamente después de que la Asamblea Nacional aprobara la Ley de Organización del Gobierno (enmendada), la Asamblea Nacional celebró una reunión separada; discutir en la Delegación sobre: Proyecto de Resolución de la Asamblea Nacional sobre la organización de los organismos de la Asamblea Nacional; Proyecto de Resolución de la Asamblea Nacional sobre el número de miembros del Comité Permanente de la 15ª Asamblea Nacional (enmendado); Contenido sobre el trabajo de recursos humanos.
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Fuente: https://daidoanket.vn/co-cau-so-luong-thanh-vien-chinh-phu-do-thu-tuong-chinh-phu-trinh-quoc-hoi-quyet-dinh-10300061.html
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