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Los pacientes acuden al Hospital General Dong Da (Hanoi) para ser examinados y tratados. Foto: Duong Ngoc/VNA |
En la citada Resolución, el Gobierno valoró por unanimidad: En los últimos años, el Partido y el Estado han contado con políticas y mecanismos para incentivar la socialización de las actividades del servicio público a fin de alcanzar el objetivo de ampliar y atraer recursos y potencial de inversión en la sociedad y mejorar la calidad y cantidad de los tipos de servicios públicos. Para incentivar la inversión social en la creación de estructuras que proporcionen servicios públicos de carrera, el Gobierno emitió el Decreto Nº 69/2008/ND-CP de fecha 30 de mayo de 2008 sobre políticas para incentivar la socialización de actividades en los campos de la educación, la salud, la cultura, el deporte y el medio ambiente. En 2014, el Gobierno emitió el Decreto Nº 59/2014/ND-CP, de 16 de junio de 2014, por el que se modifican y complementan varios artículos del Decreto Nº 69/2008/ND-CP.
Hasta el momento, el sistema de documentos jurídicos sobre las políticas de fomento de la socialización, sobre los criterios de escala y estándares de los establecimientos que implementan la socialización en el ámbito de los servicios públicos de carrera, se ha elaborado de forma relativamente completa. Las provincias y las ciudades administradas centralmente también han prestado atención a la implementación de políticas para fomentar la socialización; Algunas localidades han emitido políticas de incentivos específicas para fomentar y mejorar la calidad de las operaciones de las instalaciones socializadas de acuerdo con las condiciones prácticas locales.
Los resultados de la implementación de políticas para incentivar la socialización han mostrado muchos aspectos positivos tales como: Inicialmente cambiar la conciencia social en el uso de los servicios públicos de carrera proporcionados por unidades de carrera no públicas; Contribuir a la ampliación de la red, atrayendo capital de inversión nacional y extranjero para participar en el desarrollo de los servicios públicos de carrera; Diversificar tipos, métodos de operación y productos de servicio en los sectores de servicio público, crear competencia, desarrollar tecnología, promover la mejora de la calidad, contribuir a reducir la presión y la sobrecarga en la prestación del servicio público de las unidades de servicio público.
Al mismo tiempo, satisfacer gradualmente una parte de la demanda de servicios de alta calidad de un segmento de la población; Alentar a los establecimientos de servicios públicos a ser proactivos y creativos para atraer capital de inversión social mediante la movilización de capital, empresas conjuntas y asociaciones para ampliar y mejorar la calidad del servicio y contribuir a aumentar los ingresos del personal y los funcionarios de la unidad; Contribuir a reducir la dependencia del presupuesto estatal en la prestación de servicios públicos de carrera.
Sin embargo, el proceso de implementación aún presenta algunas deficiencias y limitaciones, tales como: La emisión de documentos de orientación de implementación específicos por parte de los ministerios de gestión sectorial y de campo y las localidades no es completa, sincrónica y en línea con la situación de desarrollo; El nivel de socialización en los sectores de servicios públicos es desigual, a menudo se concentra en unos pocos sectores y tipos rentables y en zonas con condiciones socioeconómicas desarrolladas.
La Resolución establece claramente: Actualmente, las políticas preferenciales en materia de impuestos, tierras y créditos para establecimientos socializados se han estipulado con los niveles preferenciales más altos en la Ley de Impuestos, la Ley de Tierras y el Decreto del Gobierno sobre política crediticia. En consecuencia, para garantizar la implementación de políticas preferenciales para incentivar la socialización de la prestación de los servicios públicos de manera sincrónica, pública y transparente, evitando la explotación de las políticas, es necesario estipular específicamente políticas preferenciales en las siguientes Leyes: Ley de Tierras, Ley Tributaria y Decreto Gubernamental que guía las Leyes especializadas para asegurar la coherencia en el sistema legal. Implementando el programa de elaboración de documentos legales de la 15ª Asamblea Nacional, el Gobierno está presentando a la Asamblea Nacional un proyecto para modificar las Leyes Tributarias y proyectos de Decretos que detallan la Ley de Tierras. Por lo tanto, en el período actual, el Gobierno acordó no emitir un Decreto que modifique y complemente el Decreto Nº 69/2008/ND-CP y el Decreto Nº 59/2014/ND-CP sobre políticas para fomentar la socialización.
Para superar las deficiencias e insuficiencias en el trabajo de socialización y continuar atrayendo y expandiendo los recursos de inversión en la sociedad, crear condiciones para que las actividades de servicio público se desarrollen con mayor cantidad y calidad, y al mismo tiempo reestructurar el presupuesto estatal, el Gobierno requiere que los ministerios, agencias y localidades se concentren seria y urgentemente en implementar de manera efectiva, sustancial e integral las tareas y soluciones establecidas en la Resolución No. 19/NQ-TW del 25 de octubre de 2017 del XII Comité Central del Partido sobre continuar innovando el sistema de organización y gestión, mejorando la calidad y eficiencia de las unidades de servicio público; Resolución No. 08/NQ-CP de fecha 24 de enero de 2018 del Gobierno sobre el Programa de Acción del Gobierno para implementar la Resolución No. 19/NQ-TW; Decisión No. 2114/QD-TTg de fecha 16 de diciembre de 2021 del Primer Ministro que promulga el Plan para implementar la Conclusión No. 19-KL/TW del Politburó sobre el Proyecto de Orientación del Programa Legislativo para el 15º período de la Asamblea Nacional, centrándose en una serie de contenidos principales: Perfeccionamiento de políticas preferenciales para incentivar la socialización de la prestación de servicios públicos: El Gobierno solicita a los ministerios, agencias centrales y locales que continúen implementando efectivamente políticas preferenciales en tierra, impuestos, tasas, crédito, etc. sobre la base del cumplimiento de las disposiciones de la ley sobre tierra, impuestos, inversión pública, presupuesto estatal, crédito estatal y otros documentos legales relevantes; Continuar revisando las políticas preferenciales para incentivar la socialización y los campos socializados para presentarlos con prontitud a las autoridades competentes para enmiendas y complementos para asegurar la coherencia con las realidades emergentes, crear condiciones favorables para apoyar a las unidades no públicas y a los inversionistas a participar en la inversión y mejorar la calidad de los servicios públicos de carrera.
Español En concreto, los ministerios y ramas, según sus funciones y campos de gestión, resumirán, evaluarán y revisarán las políticas preferenciales e incentivos para el sector socializado y redactarán documentos que propongan políticas preferenciales adicionales para promover la socialización de los servicios públicos de carrera, incluyendo complementar e investigar reglamentos separados sobre incentivos de exención y reducción de alquileres de tierras distintos de los incentivos para proyectos de inversión en sectores y áreas de incentivos a la inversión especificados en el Punto a, Cláusula 1, Artículo 157 de la Ley de Tierras de 2024, y los enviarán al Ministerio de Finanzas para su síntesis e informe a las autoridades competentes para su consideración y decisión.
El Ministerio de Finanzas estudia y sintetiza el contenido de las políticas y soluciones propuestas para informar a las autoridades competentes en el proceso de modificación y complementación de las leyes tributarias. Respecto del contenido de los incentivos para la exención y reducción del alquiler de la tierra, el Ministerio de Finanzas sintetizará y presentará al Gobierno la reglamentación, previo informe y consulta al Comité Permanente de la Asamblea Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 2 del Artículo 157 de la Ley de Tierras de 2024. El tiempo de finalización está de acuerdo con el Programa de Desarrollo de Leyes y Ordenanzas de la Asamblea Nacional y el Programa de Desarrollo de Decretos del Gobierno.
El Gobierno asignó al Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente la tarea de presidir y coordinar con los ministerios y ramas pertinentes para desarrollar políticas de tierras preferenciales en los Decretos que detallan la Ley de Tierras en consecuencia.
El Gobierno encargó a los ministerios encargados de los sectores y campos y a los comités populares de las provincias y ciudades de administración central revisar, enmendar y simplificar los procedimientos administrativos relacionados con el establecimiento de establecimientos no públicos, la asignación de tierras, el apoyo para la limpieza de sitios, etc., a fin de crear condiciones favorables para que se establezcan proveedores de servicios públicos no públicos y operen eficazmente; garantizar que no se creen ni compliquen procedimientos administrativos adicionales; Fortalecer la cooperación internacional, movilizar fuentes de ayuda para promover la socialización de la prestación de servicios de educación, salud, ciencia y tecnología; tener políticas para alentar y atraer a los intelectuales y vietnamitas residentes en el extranjero para que regresen al país para participar en la enseñanza, la investigación científica, los exámenes y tratamientos médicos, las actividades culturales, las competiciones deportivas...; Revisar y modificar los mecanismos y políticas para que el sector privado esté en igualdad de condiciones con las empresas y unidades estatales en el acceso a los recursos en el mercado.
En cuanto a los criterios de escala y estándares de las instalaciones socializadas, el Gobierno encargó al Ministerio de Educación y Formación estudiar y absorber las opiniones de la Auditoría Estatal en el Despacho Oficial No. 610/KTNN-TH de fecha 17 de octubre de 2022, y presentar urgentemente al Primer Ministro para modificar y complementar las regulaciones sobre la lista de criterios de escala y estándares de las instalaciones socializadas en el campo de la educación superior para asegurar la coherencia con la realidad.
El Gobierno encargó a los ministerios encargados de los sectores y campos la revisión de las reglamentaciones específicas sobre la lista de criterios de escala y estándares de las instalaciones socializadas para proponer enmiendas y suplementos oportunos, especialmente los criterios sobre el área de uso de la tierra y la escala de operaciones para garantizar el cumplimiento de los documentos legales especializados (como la proporción máxima de estudiantes/profesores permanentes, el número máximo de niños/1 clase del grupo de guardería; tamaño de las camas de hospital; artefactos de museo, etc.); Al mismo tiempo, coordinar con los organismos encargados de la elaboración de proyectos de Ley y Decretos rectores de las políticas preferenciales de socialización (Ministerio de Hacienda, Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente, etc.) para incluir los contenidos reguladores de los principios sobre criterios de escala y estándares de los establecimientos socializados en leyes especializadas o Decretos rectores especializados de los proyectos de Ley cuando se promulguen, de acuerdo con las características de los campos y con suficiente base jurídica para su implementación.
En cuanto a la lista y hoja de ruta para el cálculo de precios de los servicios públicos de carrera, el Gobierno encargó a los ministerios que gestionan sectores, campos y localidades que la revisen, completen y presenten a las autoridades competentes para emitir listas de servicios públicos de carrera utilizando el presupuesto estatal de acuerdo con los siguientes principios: El Estado garantiza la financiación de los servicios esenciales y apoya la financiación de los servicios básicos; Otros servicios públicos que no utilizan fondos del presupuesto estatal, los precios se determinan de acuerdo con los mecanismos del mercado, se permite a las unidades decidir sobre los ingresos, los niveles de ingresos para garantizar una compensación de costos razonable y tienen acumulación para atraer inversionistas de sectores económicos no públicos para participar en la prestación de servicios públicos de carrera; Implementar mecanismos de ordenamiento o licitación de acuerdo a lo establecido en la ley para servicios específicos de una serie de industrias y campos a fin de crear condiciones para la participación de establecimientos no públicos.
El Gobierno encarga al Ministerio de Educación y Formación, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales, de acuerdo con sus funciones y campos asignados, tomar la iniciativa en la coordinación con los ministerios, sucursales y localidades para implementar la hoja de ruta para el mecanismo de precios de mercado bajo gestión estatal para los precios de servicios públicos importantes como la atención médica, la educación superior, la educación vocacional, etc. de conformidad con el espíritu de la Resolución No. 19/NQ-TW del 25 de octubre de 2017 del 12º Comité Central del Partido sobre continuar innovando el sistema de organización y gestión, mejorando la calidad y eficiencia de las unidades de servicio público y la Ley de Gestión de Precios; Seleccionar el nivel y el momento del ajuste para garantizar un impacto limitado en los niveles de precios y la inflación, a fin de mejorar la cantidad y la calidad de los servicios públicos y crear un entorno empresarial competitivo justo entre establecimientos públicos y no públicos; asociado a políticas de apoyo apropiadas para los pobres y los sujetos de políticas.
Español Respecto del arreglo y reorganización de las unidades de servicio público y la finalización del mecanismo para incentivar la socialización en las unidades de servicio público: El Gobierno asigna a los ministerios que gestionan sectores y localidades la tarea de desarrollar o completar planes para el arreglo y reorganización de las unidades de servicio público en cada sector y campo para informar al Primer Ministro sobre el plan de implementación de acuerdo con los siguientes principios: Acelerar la conversión de las unidades de servicio público para operar en forma de autoseguro de todos los costos operativos (registrar objetivos específicos para el número de unidades convertidas y soluciones de implementación basadas en la clasificación de la capacidad de socialización de las unidades de servicio público que prestan servicios de servicio público), cambiar decididamente a un mecanismo de autoseguro financiero completo para el grupo de unidades de servicio público que prestan servicios de servicio público con alta capacidad de socialización sobre la base de que el Estado implemente una hoja de ruta para garantizar los costos operativos por un período limitado. En caso de que sea necesario establecer una nueva unidad de servicio público, dicha unidad deberá asegurar plenamente sus finanzas (excepto en los casos en que deba ser establecida recientemente para proporcionar servicios públicos básicos y esenciales); Promover la socialización, transformar las unidades económicas calificadas y otros servicios públicos en sociedades anónimas.
El Gobierno encargó al Ministerio de Finanzas presidir y coordinar con los ministerios y agencias la presentación al Gobierno de enmiendas y complementos al Decreto No. 60/2021/ND-CP de fecha 21 de junio de 2021 que estipula el mecanismo de autonomía financiera de las unidades de servicio público.
En materia de inspección, supervisión e informes: El Gobierno asigna a los ministerios encargados de los sectores, áreas y localidades la responsabilidad de fortalecer su dirección en la implementación de las políticas y leyes del Partido y del Estado sobre la socialización de las actividades del servicio público. Fortalecer la inspección y supervisión de la implementación de los servicios públicos (incluida la implementación de la socialización) para garantizar la calidad de los servicios públicos; abordar con prontitud los problemas y actualizar y complementar las políticas y regímenes para adaptarlos a la realidad; Recomendaciones oportunas a los organismos encargados de las políticas preferenciales en materia de socialización (tierra, crédito, impuestos...) para perfeccionar la ley.
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Fuente: https://baothuathienhue.vn/chinh-tri-xa-hoi/chua-sua-chinh-sach-khuyen-khich-xa-hoi-hoa-cac-dich-vu-su-nghiep-cong-142152.html
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