Consideren retrasar impuestos a bebidas azucaradas y camionetas

Báo Đại Đoàn KếtBáo Đại Đoàn Kết10/03/2025

En la tarde del 10 de marzo, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional emitió opiniones sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de Ley del Impuesto a los Consumos Especiales (enmendado).


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El presidente del Comité Económico y Financiero de la Asamblea Nacional, Phan Van Mai, informa en la reunión (Foto: Pham Thang)

Al informar en la reunión sobre las tasas y niveles impositivos, el presidente del Comité Económico y Financiero de la Asamblea Nacional, Phan Van Mai, dijo que para los refrescos azucarados, algunas opiniones sugerían considerar una tasa impositiva más alta. Algunas opiniones sugieren que debería existir una hoja de ruta para que las empresas ajusten sus planes de producción y negocios.

Según el Sr. Mai, del Comité Permanente del Comité Económico y Financiero, los refrescos azucarados son un nuevo artículo que se propone añadir a los objetos imponibles. La regulación de los tipos impositivos a un nivel razonable tiene como objetivo limitar gradualmente el uso de productos con alto contenido de azúcar y alentar a las empresas a producir refrescos con bajo contenido de azúcar.

“Por lo tanto, teniendo en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, se recomienda considerar la opción de posponer la imposición de impuestos a este producto por aproximadamente 1-2 años en comparación con el plazo previsto en el proyecto de ley o aplicarlo de acuerdo con la hoja de ruta”, informó el Sr. Mai, compartiendo que esta opción aún garantiza la implementación de los objetivos de la política, pero es más flexible para crear condiciones para que las empresas tengan tiempo para ajustar sus planes de producción y negocios.

Además, el organismo redactor mantuvo el proyecto de ley porque consideró que se trataba de un nuevo elemento propuesto para ser añadido a los objetos imponibles, y la tasa impositiva del 10% era razonable para incentivar a las empresas a producir refrescos con bajo contenido de azúcar, así como aumentar la conciencia del consumidor. Después del período de implementación, resumiremos e investigaremos propuestas adecuadas a la práctica y experiencia internacionales.

Para las camionetas, algunas opiniones sugieren considerar la ruta y el incremento adecuado; Analizar y aclarar las bases para proponer un tipo impositivo del 60% para los vehículos comunes. Según la Comisión Permanente del Comité Económico y Financiero, de acuerdo con la normativa vigente, la política de impuesto especial al consumo para este tipo de vehículos ha sido mucho más preferencial que para otros tipos de vehículos.

Sin embargo, se trata de un tipo de vehículo con un período de uso de 25 años. Si se aplica el tipo impositivo especial al consumo previsto en el proyecto de ley, puede afectar en gran medida a la producción y a las actividades comerciales de las empresas. Por ello, se recomienda tomar en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional y considerar la opción de posponer la imposición del impuesto por 1-2 años respecto del plazo previsto en el proyecto de Ley o aplicarlo según una hoja de ruta para que las empresas tengan tiempo de ajustar sus planes de producción y negocios.

El organismo redactor considera que las camionetas de carga de doble cabina con un peso de carga permitido de menos de 950 kg se consideran automóviles de pasajeros y se les permite participar en el tráfico y circular en áreas urbanas en términos de tiempo y en carriles similares a los automóviles de pasajeros con 9 asientos o menos. Al mismo tiempo, de acuerdo con la normativa vigente sobre tasas y gravámenes, la tasa de primera matriculación de las camionetas de carga de cabina doble es del 60% de la tasa de primera matriculación de los turismos de 9 plazas o menos.

Para contribuir a garantizar el uso del automóvil tanto para el transporte de pasajeros como de carga de acuerdo con los objetivos de diseño, limitar la congestión del tráfico, evitar el aprovechamiento de políticas y asegurar la equidad, coherencia y sincronización entre las regulaciones sobre políticas tributarias y tarifas, se propone mantener el proyecto de Ley.

Respecto a los tipos impositivos para los coches híbridos, existe una propuesta de no discriminar en tipos impositivos preferenciales entre coches híbridos y coches con sistemas de carga eléctrica separados. Se propone reducir el tipo impositivo de los vehículos con cargadores externos del 70% al 50% en comparación con los vehículos con motor de combustión interna. La legislación actual prevé la aplicación de un tipo impositivo preferencial tanto a los vehículos con carga interna como externa. La aplicación práctica no plantea ningún problema. Por ello, el Comité Permanente del Comité Económico y Financiero propuso revisar el proyecto de Ley con el fin de mantenerlo como Ley actual para evitar causar dificultades a las empresas.

En consecuencia, se prevén incentivos fiscales para los vehículos que funcionen con gasolina combinada con electricidad si cumplen la condición de que la proporción de gasolina utilizada no supere el 70% de la energía utilizada. El organismo redactor propuso mantener el proyecto de ley porque considera que los vehículos a gasolina combinados con energía eléctrica sin un sistema de carga separado (HEV) son vehículos a gasolina que afectan el medio ambiente, no "vehículos a gasolina combinados con energía eléctrica" ​​y, por lo tanto, no están sujetos a tasas impositivas preferenciales.

El Comité Permanente del Comité Económico y Financiero seguirá coordinando con la Agencia Redactora para aclarar las regulaciones actuales que se aplican actualmente en la práctica a los vehículos híbridos gasolina-eléctricos, con y sin sistemas de carga separados, aclarando los objetivos de política para determinar conjuntamente el plan para completar el proyecto de Ley.



Fuente: https://daidoanket.vn/can-nhac-lui-thoi-diem-ap-thue-doi-voi-nuoc-giai-khat-co-duong-xe-pick-up-10301274.html

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