En la tarde del 10 de marzo, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional emitió opiniones sobre la explicación, aceptación y revisión del proyecto de Ley del Impuesto a los Consumos Especiales (enmendado).
Al informar en la reunión sobre las tasas y niveles impositivos, el presidente del Comité Económico y Financiero de la Asamblea Nacional, Phan Van Mai, dijo que para las bebidas azucaradas algunas opiniones sugerían considerar una tasa impositiva más alta. Algunas opiniones sugieren que debería existir una hoja de ruta para que las empresas ajusten sus planes de producción y negocios.
Según el Sr. Mai, del Comité Permanente del Comité Económico y Financiero, las bebidas azucaradas son un nuevo artículo que se propone añadir a los objetos imponibles. La regulación de los tipos impositivos a un nivel razonable tiene como objetivo limitar gradualmente el uso de productos con alto contenido de azúcar y estimular a las empresas a producir refrescos con bajo contenido de azúcar.
“Por lo tanto, teniendo en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, se recomienda considerar la opción de posponer la imposición de impuestos a este producto entre uno y dos años con respecto al plazo previsto en el proyecto de ley o aplicarlo según la hoja de ruta”, informó el Sr. Mai, quien explicó que esta opción, si bien garantiza la implementación de los objetivos de la política, es más flexible para crear condiciones que permitan a las empresas ajustar sus planes de producción y negocios.
Además, el organismo redactor mantuvo el proyecto de ley porque consideró que se trataba de un nuevo elemento propuesto para ser añadido a los objetos imponibles, y la tasa impositiva del 10% era razonable para incentivar a las empresas a producir refrescos con bajo contenido de azúcar, así como para aumentar la conciencia del consumidor. Después del período de implementación, resumiremos e investigaremos propuestas adecuadas a la práctica y experiencia internacionales.
Para las camionetas, algunas opiniones sugieren considerar la ruta y el incremento adecuado; Considerar y aclarar la base para proponer una tasa impositiva del 60% para los automóviles regulares. Según la Comisión Permanente del Comité Económico y Financiero, de acuerdo con la normativa vigente, la política de impuestos especiales al consumo para este tipo de automóviles ha sido mucho más preferencial que para otros tipos de automóviles.
Sin embargo, este es un tipo de vehículo con un período de uso de 25 años. Si se aplica la tasa especial de impuesto al consumo prevista en el proyecto de ley, puede afectar en gran medida la producción y las actividades comerciales de las empresas. Por lo tanto, se recomienda tomar en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional y considerar la opción de posponer la imposición del impuesto por 1-2 años en comparación con el plazo previsto en el proyecto de Ley o aplicarlo de acuerdo a una hoja de ruta para que las empresas tengan tiempo de ajustar su producción y planes de negocios.
El organismo redactor considera que las camionetas de carga de doble cabina con un peso de carga permitido de menos de 950 kg se consideran automóviles de pasajeros y están autorizados a participar en el tráfico y circular en áreas urbanas en términos de tiempo y en carriles similares a los automóviles de pasajeros con 9 asientos o menos. Al mismo tiempo, de acuerdo con la normativa vigente sobre tasas y cargos, la tasa de primera matriculación para las camionetas de carga de cabina doble es el 60% de la tasa de primera matriculación para los turismos de 9 plazas o menos.
Para contribuir a garantizar el uso del automóvil tanto para el transporte de pasajeros como de carga de acuerdo con los objetivos de diseño, limitar la congestión del tráfico, evitar el aprovechamiento de las políticas y asegurar la equidad, la coherencia y la sincronización entre las regulaciones sobre políticas tributarias y tarifas, se propone mantener el proyecto de Ley.
Respecto a los tipos impositivos para los coches híbridos, existe una propuesta de no discriminar en tipos impositivos preferenciales entre coches híbridos y coches con sistemas de carga eléctrica separados. Se propone reducir el tipo impositivo de los vehículos con cargadores externos del 70% al 50% en comparación con los vehículos con motor de combustión interna. La legislación actual prevé aplicar un tipo impositivo preferencial tanto a los vehículos con carga interna como externa. La aplicación práctica no plantea ningún problema. Por ello, el Comité Permanente del Comité Económico y Financiero propuso revisar el proyecto de Ley con el fin de mantenerlo como Ley actual para evitar causar dificultades a las empresas.
En consecuencia, se prevén incentivos fiscales para los vehículos que funcionen con gasolina combinada con electricidad, siempre que cumplan la condición de que la proporción de gasolina utilizada no supere el 70% de la energía utilizada. El organismo redactor propuso mantener el proyecto de ley porque cree que los vehículos a gasolina combinados con energía eléctrica sin un sistema de carga separado (HEV) son vehículos a gasolina que afectan el medio ambiente, no "vehículos a gasolina combinados con energía eléctrica" y, por lo tanto, no están sujetos a tasas impositivas preferenciales.
El Comité Permanente del Comité Económico y Financiero seguirá coordinando con el Organismo Redactor para aclarar las regulaciones actuales que se aplican en la práctica a los vehículos híbridos gasolina-eléctricos, con y sin sistemas de carga separados, aclarando los objetivos de política para determinar conjuntamente el plan para completar el proyecto de Ley.
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Fuente: https://daidoanket.vn/can-nhac-lui-thoi-diem-ap-thue-doi-voi-nuoc-giai-khat-co-duong-xe-pick-up-10301274.html
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