El Ministerio de Finanzas acaba de enviar un expediente al Ministerio de Justicia para su evaluación del proyecto de Decreto que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto Nº 132/2020/ND-CP que regula la gestión fiscal de las empresas con transacciones entre partes vinculadas. El Decreto 132 (anteriormente Decreto 20) fue emitido para evitar los precios de transferencia, el “capital delgado”... en las operaciones comerciales de las empresas.

En este proyecto, el Ministerio de Finanzas ha revisado y complementado una serie de normas muy importantes, resolviendo muchos problemas.

En concreto, existen normas específicas sobre “partes relacionadas” en el caso de “una empresa que garantice o preste capital a otra empresa en cualquier forma”. La condición es que la deuda total pendiente de los préstamos de la empresa prestataria a la empresa prestamista o garante debe ser al menos igual al 25% del aporte de capital del propietario de la empresa prestataria y representar más del 50% de la deuda total pendiente de todas las deudas a mediano y largo plazo de la empresa prestataria.

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El Ministerio de Finanzas ha revisado y complementado una serie de normas muy importantes, resolviendo muchos problemas para las empresas con transacciones relacionadas. Foto: VCB

Además, el proyecto estipula específicamente las "responsabilidades de los ministerios, los organismos de nivel ministerial y los comités populares de las provincias y las ciudades administradas centralmente".

Se establece que el Banco del Estado, en el ámbito de sus funciones y atribuciones, es responsable de coordinar el suministro de información y datos sobre préstamos externos y pagos de deudas de cada empresa específica con operaciones con partes relacionadas con base en el listado solicitado por la Autoridad Tributaria.

Esta información incluye datos sobre la rotación del préstamo, la tasa de interés, el período de pago de intereses, el pago del capital, el retiro real, el reembolso de la deuda (capital, intereses) y otra información relevante (si la hubiera).

Al estudiar el expediente para la redacción del Decreto que modifica y complementa el Decreto 132/2020/ND-CP, el Sr. Le Hoang Chau, de la Asociación de Bienes Raíces de la Ciudad de Ho Chi Minh (HoREA), elogió altamente al Ministerio de Finanzas por ser muy receptivo, escuchar y aceptar los comentarios de muchas organizaciones desde el nivel central hasta los niveles locales, asociaciones, empresas y expertos para desarrollar el "Proyecto de Decreto".

"En esencia, el proyecto de Decreto cumple con las exigencias prácticas del período actual, garantizando el fortalecimiento de la función de gestión estatal en el ámbito de la administración tributaria, previniendo pérdidas fiscales, el fraude fiscal y la fijación de precios de transferencia para empresas con transacciones relacionadas, a la vez que crea condiciones favorables para las empresas en sus actividades de inversión, producción y negocios", evaluó el Sr. Chau.

En un documento urgente enviado recientemente al Primer Ministro, al Ministerio de Justicia y al Ministerio de Finanzas, HoREA señaló especialmente que este Decreto se aplica a partir del período de impuesto sobre la renta corporativa de 2024 . Según HoREA, esto ayudará a las empresas a reducir algunas de las dificultades causadas por la modificación del Decreto que ha durado desde 2023 hasta la actualidad. Al mismo tiempo, minimiza en parte el impacto negativo del retraso en la deducción de gastos para el cálculo de impuestos de las empresas.

Para mantenerse al día con el cronograma de aplicación del período de impuesto sobre la renta corporativa de 2024, los ministerios y las sucursales tendrán que hacer grandes esfuerzos para acelerar el progreso y ayudar al Gobierno a emitir este Decreto pronto.

Además, HoREA también propuso que el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Finanzas consideren presentar al Gobierno y al Primer Ministro la posibilidad de modificar la Cláusula 3, Artículo 16 del Decreto No. 132/2020/ND-CP para aumentar el gasto total de intereses deducibles a no más del 50% (actualmente 30%) del beneficio neto total de las actividades comerciales.

A largo plazo, después de que el Estado haya emitido un “impuesto mínimo global” para las empresas pertenecientes a corporaciones multinacionales, HoREA propuso no controlar el “techo” sobre los gastos totales de intereses deducibles de impuestos para las “empresas nacionales con transacciones relacionadas”. Se trata de reflejar de manera honesta, completa y oportuna la "imagen" de las actividades de inversión, producción y negocios de la empresa; Al mismo tiempo, se recomienda que los organismos estatales competentes fortalezcan el control y manejen con severidad a las empresas que cometen “precios de transferencia” y falsifican costos para evadir impuestos.

Además, esta Asociación considera que el Decreto 132/2020/ND-CP estipula que "el período para transferir los gastos de intereses calculados de forma continua no deberá exceder de 5 años a partir del año siguiente a aquel en que surjan los gastos de intereses no deducibles" es relativamente corto, y si dentro de este período la empresa no ha deducido en su totalidad los "gastos de intereses deducibles totales", la empresa perderá esta cantidad de dinero como activo de la empresa.

Por ello, la Asociación propone aumentar el período de deducción a 7 años (que, si fuera "generoso", deberían ser 10 años), lo que es más razonable porque los gastos por intereses son activos de la empresa.

El Ministerio de Finanzas modifica el procedimiento de prórroga del pago de impuestos para crear las condiciones más favorables para los contribuyentes en casos de desastres naturales, catástrofes, epidemias, incendios y accidentes inesperados.