En consecuencia, el Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo tiene la función de asesorar al Ministro de Cultura, Deportes y Turismo para dirigir y organizar la implementación del trabajo de emulación y recompensa del sector de Cultura, Deportes y Turismo de acuerdo a las disposiciones de la ley sobre emulación y recompensa.
En materia de deberes y atribuciones, el Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo asesora al Ministro para que ponga en marcha movimientos de emulación en el ámbito del sector Cultura, Deportes y Turismo según su competencia.
Evaluar, resumir y revisar periódicamente la implementación de los movimientos de emulación y el trabajo de recompensa; Recomendar y proponer políticas y medidas para promover los movimientos de emulación patriótica en cada año y cada período; Organizar competiciones de acuerdo a lo dispuesto en la ley sobre emulación y recompensas.
Asesorar al Ministro para que inspeccione los movimientos de emulación e implemente políticas y leyes sobre emulación y recompensas.
Asesorar al Ministro para que otorgue títulos de emulación y formas de recompensas de acuerdo con la autoridad o se someta a las autoridades competentes para obtener recompensas de acuerdo con los reglamentos.
Considere y opine votando sobre los títulos: "Héroe de las Fuerzas Armadas del Pueblo", "Héroe del Trabajo", "Luchador por la Emulación Nacional", "Luchador por la Emulación a Nivel Ministerial"; Formas de recompensas: Medallas de todo tipo (clases), "Medallas de la Amistad", "Certificados al Mérito del Primer Ministro" para colectivos e individuos bajo la autoridad del Ministerio.
Jornada de formación sobre emulación y recompensa del trabajo en el sector de la cultura, el deporte y el turismo en 2024.
El Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo cuenta con un Presidente, Vicepresidentes y un Órgano Permanente del Consejo (Departamento de Organización y Personal). En el cual, el Presidente del Consejo dirige de manera integral las actividades del Consejo; decidir convocar, presidir y clausurar las reuniones del Consejo; asignar tareas a los miembros del Consejo; Firmar y expedir el Acta de la reunión del Consejo; Establecer una Secretaría para asistir al Consejo; Autorizar al Vicepresidente Permanente del Consejo a firmar documentos relacionados con las actividades del Consejo; Autorizar al Órgano Permanente del Consejo a valorar los documentos y someterlos a consideración del Ministro para su consideración y decisión, incluyendo: Formas de recompensas extraordinarias; Formularios especializados de reconocimiento lanzados por el Ministro de Cultura, Deportes y Turismo; Medalla; La asociación recompensa a colectivos e individuos según las disposiciones de la ley.
El Consejo se reúne regularmente tres veces al año (en marzo, junio y octubre de cada año). El Consejo podrá celebrar reuniones extraordinarias convocadas por su Presidente para tratar asuntos que surjan entre reuniones ordinarias.
El Presidente del Consejo encarga al órgano permanente del Consejo que envíe solicitudes escritas de opiniones de los miembros del Consejo sobre los documentos presentados a los ministerios, departamentos y sucursales para recompensas, si es necesario, y luego las compila en Actas para informar al Presidente del Consejo.
El Presidente del Consejo solicita al órgano permanente del Consejo que invite a representantes de los organismos y unidades dependientes del Ministerio a asistir a las reuniones del Consejo (si es necesario). Los representantes invitados tienen derecho a hablar y debatir, pero no tienen derecho a votar.
El Consejo opera de forma colectiva e implementa los principios de transparencia, democracia y votación mayoritaria de sus miembros.
El Consejo se reúne cuando concurren al menos el 75% del número total de sus miembros, incluido el Presidente del Consejo que preside la reunión o el Vicepresidente del Consejo autorizado por éste.
El Consejo considerará la forma de recompensa y título de emulación que proponga el colectivo o individuo. No se consideren solicitudes que no cumplan con las condiciones, estándares, procedimientos o documentos requeridos. No considerar recompensas ni proponer a los superiores que recompensen a colectivos o individuos durante el tiempo en que las autoridades competentes estén considerando acciones disciplinarias o investigando, inspeccionando o verificando cuando haya indicios de violaciones o haya quejas, denuncias o problemas de corrupción y negatividad reportados por la prensa que estén siendo verificados y aclarados (de acuerdo con las regulaciones de la Cláusula 4, Artículo 4 del Decreto No. 98/2023/ND-CP).
El Consejo se reunió para considerar títulos de emulación, formas de recompensa y votó en votación secreta. En caso de ausencia de un miembro del Consejo, el órgano permanente del Consejo recabará opiniones escritas y éstas se harán constar en el acta de la reunión del Consejo.
Respecto a la normativa sobre la relación de votación: Para los títulos de "Héroe de las Fuerzas Armadas del Pueblo", "Héroe del Trabajo", "Luchador por la Emulación Nacional", "Luchador por la Emulación a Nivel Ministerial": El expediente debe recibir el 90% de los votos de aprobación del número total de miembros del Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio para ser elegible para ser presentado a la autoridad competente para la recompensa (de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 7, Artículo 30 del Decreto No. 98/2023/ND-CP).
Para el título "Bandera de Emulación del Gobierno": El expediente debe recibir el 80% del total de votos del número total de miembros del Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio para ser elegible para ser presentado a la autoridad competente para recompensa (de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 7, Artículo 30 del Decreto No. 98/2023/ND-CP).
Por la forma de recompensa: Medallas de todo tipo (clases), "Medalla de la Amistad", Certificado al Mérito del Primer Ministro; Formas de recompensas y títulos de emulación bajo la autoridad del Ministerio: El expediente debe recibir el 75% del total de votos de aprobación del número total de miembros del Consejo de Emulación y Recompensa del Ministerio para ser elegible para ser presentado a la autoridad competente para recompensas.
Fuente: https://bvhttdl.gov.vn/ban-hanh-quy-che-hoat-dong-cua-hoi-dong-thi-dua-khen-thuong-bo-vhttdl-20250404170205468.htm
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