En la mañana del 27 de noviembre, la Asamblea Nacional votó a favor de la Ley de Defensa Aérea Popular con 449/449 delegados presentes a favor (lo que representa el 93,74% del número total de delegados).

Uno de los contenidos destacables estipulados en la ley es la gestión de drones, otros vehículos voladores y la garantía de la seguridad de la defensa aérea.

En el cual, el artículo 33 estipula la suspensión de vuelos de aeronaves no tripuladas y demás vehículos voladores.

En concreto, la suspensión del vuelo se lleva a cabo en los casos en que el vuelo no se ajusta al contenido licenciado; por razones de defensa nacional, seguridad y seguridad del vuelo; piloto no apto; aeronaves no tripuladas, otros vehículos voladores no registrados o no debidamente registrados.

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El presidente del Comité de Defensa y Seguridad Nacional, Le Tan Toi, informó sobre la explicación y aceptación del proyecto de ley. Foto: Asamblea Nacional

El artículo 34 establece claramente cuatro casos de represión y detención temporal de aeronaves no tripuladas y otros vehículos voladores.

En primer lugar, los casos de volar sin licencia de vuelo; volar en una zona de exclusión aérea o una zona de vuelo restringido sin permiso; Incumplimiento de solicitud de suspensión de vuelo.

En segundo lugar, en caso de invasión del área del aeropuerto, aeropuerto o área adyacente al aeropuerto, aeropuerto con actividades de aeronaves civiles, aeronaves militares .

En tercer lugar, utilizar drones u otros vehículos voladores para propagar, incitar, incitar, distorsionar, sabotear al Partido y al Estado o cometer otros actos ilegales.

En cuarto lugar, se utilizan drones y otros vehículos voladores para transportar equipos, armas, explosivos, sustancias prohibidas y mercancías ilegales.

La concesión de permisos de vuelo para aeronaves no tripuladas y otros vehículos voladores está regulada en el artículo 30. En consecuencia, la concesión de permisos de vuelo debe ser coherente con las especificaciones técnicas y los fines de uso de las aeronaves no tripuladas y otros vehículos voladores, la capacidad de gestionar, operar y supervisar las operaciones de vuelo y garantizar la defensa nacional, la seguridad, el orden, la seguridad social, la seguridad de la aviación y los intereses públicos.

El Ministerio de Defensa Nacional emite permisos de vuelo o delega la autoridad para emitir permisos de vuelo a sus unidades subordinadas. El Ministerio de Seguridad Pública otorgará licencias de vuelo o delegará en unidades bajo su dependencia el otorgamiento de licencias de vuelo para aeronaves no tripuladas y demás vehículos voladores del Ministerio de Seguridad Pública y notificará al Ministerio de Defensa Nacional para su gestión coordinada.

En caso de otorgamiento de permisos de vuelo en zonas de vuelo prohibido o restringido y otras áreas que afecten las operaciones de vuelo de aeronaves militares, se requiere la conformidad del Ministerio de Defensa Nacional.

La Ley también estipula que en los casos en que el Ministerio de Defensa Nacional o el Ministerio de Seguridad Pública otorguen permisos de vuelo en el área de aeropuertos, aeródromos y demás áreas que afecten las actividades de vuelo de aeronaves civiles, se requerirá el consentimiento del Ministerio de Transporte.

Derogar la normativa del Ministerio de Industria y Comercio que otorga licencias de exportación para aeronaves no tripuladas

Al informar sobre la explicación y aceptación del proyecto de ley antes de que la Asamblea Nacional lo aprobara, el presidente del Comité de Defensa y Seguridad Nacional, Le Tan Toi, dijo que había opiniones que sugerían regulaciones claras sobre la autoridad y la responsabilidad de suspender vuelos para evitar arbitrariedades y superposiciones.

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional considera que la suspensión de vuelos se lleva a cabo de conformidad con las normas sobre descentralización del mando y la gestión en el Ministerio de Defensa Nacional (en orden de autoridad para suspender de arriba a abajo); El Ministerio de Seguridad Pública y las unidades policiales tienen el derecho de suspender los vuelos.

El proyecto de ley establece principios para garantizar el manejo oportuno de las violaciones de los derechos humanos cometidas por drones y otros vehículos voladores. Los procedimientos específicos serán regulados en detalle por el Gobierno para garantizar el rigor, la no arbitrariedad, la no superposición de autoridad y las responsabilidades claras de cada nivel.

En materia de importación, exportación, importación temporal para reexportación, exportación temporal para reimportación de aeronaves no tripuladas y otros vehículos voladores (artículo 27), existen opiniones que sugieren considerar la posibilidad de tener una política de exportación abierta para este campo.

Según el Sr. Toi, en el proceso de recepción y revisión del proyecto, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional eliminó la regulación que exige que el Ministerio de Industria y Comercio otorgue licencias de exportación para drones y otros vehículos voladores.

Sin embargo, para las aeronaves no tripuladas y otros vehículos voladores que cumplen tareas de defensa y seguridad, todavía es necesario estipular que el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Seguridad Pública otorguen licencias de exportación e importación para garantizar los requisitos sobre secretos militares y secretos de seguridad, y estén reguladas por el Ministro de Defensa Nacional y el Ministro de Seguridad Pública.

La Ley consta de 7 capítulos y 47 artículos y entrará en vigor el 1 de julio de 2025.

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